Retirar coche averiado de empresa en concurso

Un coche lleva meses abandonado en el pasillo de una C.P de garajes . En la DGT nos han dicho que el coche tiene orden de precinto y embargos . Hemos averiguado que es de una empresa en concurso de acreedores. Necesitamos a toda costa retirar el coche, por el riesgo que supone de incendio, ; etc... No tiene matriculas y ha sido objeto del robo de diversas piezas.

  • No sabemos si la policía lo retiraría ya que está en propiedad privada.

  • Por eso se nos ocurre que podríamos seguir el procedimiento previsto en el artículo 86 de la Ley de Seguridad Vial, apartado 1 c pero no sabemos cómo hay que realizar el requerimiento a la empresa . ¿Bastaría con remitir burofax al administrador concursal?

  • Por otro lado; parece que la norma está pensada para talleres de reparación por lo que no sabemos si sería aplicable a nuestra situación.

  • Sino; qué otra solución se te ocurre hay para poder retirar el coche

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¿Quién ordena el precinto?

¿Y los embargos?

Hola buenas noches Rober.

Los embargos y el precinto son de varios ayuntamientos , suponemos que por multas e impago de impuestos.

Llama a los acreedores que han puesto los precintos e informales donde este el coche por si tienen intención de materializar el precinto.

Si ninguno quiere hacerse cargo del vehículo, puedes intentar localizar al administrador concursal para que retire el vehículo.

Otra opción es llamar a la Guardia Urbana a ver si hacen algo al respecto, o al ayuntamiento a ver si lo consideran residuo solido urbano y lo pueden retirar como chatarra.

Los acreedores no quieren saber  nada del asunto.

La policía tampoco nos está ayudando mucho. En una situación así, dado el riesgo  de que se produzcan accidentes y daños a personas y patrimonio , creo que aunque sea una propiedad privada debería de actuar  pero la verdad es que no nos están ayudando.

Por eso , hemos pensado encargarnos nosotros de seguir el procedimiento previsto en la Ley de Seguridad Vial pero no sabemos si es aplicable a nuestro caso ( C.P ) y  tampoco sabemos a quien dirigir el requerimiento. Suponemos que debe de efectuarse al administrador de la concursada.

De todas las maneras ,  agradezco tu esfuerzo en aportar ideas.

Muchas gracias Rober

Es difícil hacerlo vosotros, ya que debes aportar documentación que acredite que el propietario ha sido informado.

El ayuntamiento si lo puede hacer fácilmente cumpliendo ese articulo que citas.

Mi consejo es que saquéis el coche de vuestra propiedad, y lo estacionéis en las inmediaciones en la vía publica. De esta manera el problema ya no es vuestro sino del Ayuntamiento.

Lo de sacar el coche a la calle ya lo habíamos pensado pero según parece no es legal hacerlo.

Estamos en un limbo legal.

...///...

Y si lo hacéis, ¿quién os va a demandar?  ;-)

El miedo es libre, Rober. Queremos hacer bien las cosas

Suerte, y ya contarás como lo has resuelto.

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