Traer dinero desde extranjero, impr.S1, Ag. Tributaria y banco que no admite el ingreso.

Tras leer, hablar con amiguete de banco y la misma Ag. Tributaria en Madrid, consulto :

Una persona trae 15000 euros desde país extranjero en metálico, procedentes de sus ahorros/trabajo etc. Al llegar a aduana española lo declara, le consultan, preguntan y dejan naturalmente entrar confeccionandole, rellenandole y sellándole el impreso S1 que justifica la legal entrada por declaración en aduanas. Llega al banco que posee aquí y cuando lo quiere ingresar, el banco aún viendo el S1 no se lo permite en concepto de que no sabe el origen de su procedencia. No es mi asunto pero de forma genérica consulto a la Ag. Tributaria en Madrid sobre el proceder del banco y no lo comprenden, (mas bien a la persona parece que no le hace gracia). Indica que la Ag. Tributaria y por ende Aduanas, no ponen problema y da por hecho que si ha sido despachado y preguntado por el funcionario da fe o fianza y no hay problema alguno, así como que el banco no debiera poner problema al ingreso.

Consulto a amigo que trabaja en banco y manifiesta que el S1 da paso libre pero no justifica el origen, ( la Ag. Tributaria, da por hecho que las verificaciones ya estarán hechas porque si no no hubieran expedido el impreso S1 ), y que con tanta legislación sobre blanqueo, si no se lo demuestran, el no lo admitiría. Que muchos bancos actúan así y que por supuesto muchos compañeros no se rascarían y lo admitirían, pero que otros como el, no. Como quiera que sea me indica que es a tenor opcional de banco.

CONSULTA : ¿Es correcta la actuación de no permitirle el ingreso?. Están obligados por alguna normativa bancaria y ajena a la Ag. ¿Tributaria a no realizarlo? . ¿Es una arbitrariedad o ganas de hacerse investigadores privados?.  En mi consulta, la Ag. Tributaria no ve el problema y en cambio un banquista habla de normas, (que no se si de su banco, de varios o genéricas ) y aún presentando el S1 no se lo admiten.

¿Gracias de antemano... Y tiéééé pelusa la preguntita ehh?

Un saludo.

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Como ya le han indicado, una cuestión es la entrada del dinero en Aduanas (Hacienda) y otra demostrar la procedencia del dinero...

Los bancos y muchas entidades y profesionales, están obligados a cumplir la normativa de prevención de blanqueo de capitales, implementando cada uno sus propios procedimientos. Pero en el caso de los bancos, pueden pedirle que demuestre la procedencia del dinero... Si consiguiera ingresar, por ejemplo por un cajero, podrían incluso bloquear este dinero hasta que usted aporte documentación acreditativa.

Como norma general, con las nominas y las declaraciones de renta del país de procedencia suele ser suficiente para demostrar esta procedencia... o incluso si lo ha tenido en un banco de otro país y luego lo ha sacada, con estos movimientos. Siempre a nombre del titular de la cuenta.

Como las transferencias no generan pago de impuestos, se evitan problemas realizando las mismas desde la cuenta del país de origen al banco en España y es más seguro... aunque esto no exima de demostrar la procedencia del mismo.

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