Antiguedad cuatrienios si el sueldo es superior al sueldo base se debe pagar el extra mensualmente?

Voy a cumplir cuatro años en la empresa que trabajo. Hast ahora no me han subido el sueldo anualmente ya que gano bastante más que el sueldo base.

Me tienen que abonar el importe extra si en el convenio consta lo siguiente:

Antigüedad: Consistirá en el abono de cuatrienios por un importe de 30,09 euros mensuales por cada uno de ellos, para el año 2016, comenzando a computarse desde la fecha de ingreso del trabajador o trabajadora en la empresa. Se fija el valor del cuatrienio para el año 2017 por un importe de 30,39 euros mensuales. Se fija el valor del cuatrienio para el año 2018 por un importe de 30,77 euros mensuales.

¿No menciona nada el convenio sobre absorbción?

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No entiendo bien la pregunta, pero si ud. lo que quiere saber es si le corresponde cobrar la antigüedad. Que por lo que explicas es cada 4 años de contrato, la respuesta es si. Siempre y cuando no exista en convenio otro artículo que lo anule para empleados más nuevos.

La cantidad sería la que corresponde a para el año 2018. Lo que percibirá un plus por antigüedad de 30.77€.

Muchas gracias por su respuesta, lo que intento averiguar es que si me lo tienen que pagar o se queda consumido y absorbido en el importe del contrato. JHasta ahora no me han pagan aumento cada año porque tengo el salario base menor que el importe de mejora voluntaria en la nomina. 

Por lo que explica ud. cobra un plus de mejora salarial voluntario. Y que no le han aumentado el sueldo porque con ese importe ud. cobra más de lo que ha subido el sueldo base. Y por último dice que en el convenio no pone nada de que se absorben ni compensan.

1) Si en el convenio no pone nada de absorción y compensación, hay que mirar el estatuto d ella trabajadores que si permite la absorción y la compensación.

2) El plus de mejora si lo lleva cobrando por mucho tiempo, se puede entender como derecho adquirido. Y más aún sino se lo han absorbido en el salario base. Cosa que debería haber hecho el empresario en otras oportunidades.

3) El plus de antigüedad no se debería absorber por esa mejora y menos de las forma que ud. dice que no ha variado el sueldo base, eso no es absorber porque no se cambia ningún valor de conceptos. Cómo ganas más de lo que sube lo deja pasar el empresario.

Entonces como conclusión. El salario base se debería poner ha precio de convenio y pagarle a ud. la antigüedad y si el empresario le quiere mejorar que ponga un plus mejora voluntaria con la diferencia absorbiendo lo que le han subido.

Ahora sí ud. quiere reclamar ese plus con esa cantidad como derecho adquirido es casi seguro que se pueda. Si lleva ya un tiempo cobrandolo deforma continuada. Aunque sea voluntario por parte del empresario se puede tomar como que es un derecho que adquirió. Y si en convenio no viene dicho plus y no se ha convenido que se absorba y no se quite. Y contando que no se absorbido antes. Casi seguro que un juicio se le reconozca como derecho adquirido. Si esto le interesa consultarlo con un abogado laboralista.

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