Plus compensable

Me han dicho que el concepto de plus compensable en la nómina, como complemento del sueldo, y siempre que no sea la misma cantidad durante un periodo de 6 meses, que entonces pasaría a derecho adquirido; no hay que aplicar el porcentaje de subida cuando sale el convenio, y como su nombre dice se puede absorber con dicho aumento de convenio. Es esto correcto.

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Cualquier plus que no esté obligado por el convenio es voluntario por la empresa y efectivamente no te lo tienen que subir y absorbe la subida del salario.
Por ejemplo si cobras 1000 de salario y 100 de "plus", la subida es de 30, al año siguiente cobrarás 1030 de salario y 70 de plus.

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