¿Es válido un seguro de accidentes con mi cónyuge o pareja incluido sin estar casados ni pareja de hecho?

El banco donde cobro la nómina me ha hecho un seguro de accidentes que ampara también a mi cónyuge o pareja diciéndome que aunque no seamos ni pareja de hecho está también amparado al llevar más de 12 meses conviviendo y estar empadronado en mi casa. ¿Es cierto o me están tomando el pelo para cobrarme más por la prima mensual? No consta el nombre de mi pareja en los papeles que tengo en casa pero al decírselo por teléfono me dijeron que ellos ya tienen anotado su nombre y apellidos, estoy pensado en anular el seguro pero antes quiero que alguien me aconseje.

4 Respuestas

Respuesta
1

Sencillo.

Aunque bastaría demostrar que convive con Usted con un Certificdo de convivencia o el padrón municipal.

Insista en que su pareja tenga un documento que lo diga o al menos serciorese que el las condiciones lo dice muy claramente.

¡Gracias! Está empadronado en mi vivienda hace 10 años, de todas formas he solicitado modificar el seguro, me lo hago yo sola y como beneficiarias mis hijas, él por su parte que haga lo mismo.

Hace muy bien.

Los inventos para ahorar papel nunca fueron interesante.

Cada uno por su lado, por mucho amor que exista.

Respuesta
1

Sin ver las condiciones generales de la póliza, y las particulares, es imposible asesorarle, porque ahí vienen definidos quien son los asegurados. Por teléfono nada, salvo que lo tenga grabado. Todo por mail, o por escrito.

Por otro lado, sepa que si ocurre cualquier cosa (ojalá que no) el impuesto de sucesiones que tiene que abonar es mucho mas caro, que al estar casados o ser pareja de hecho. (Aunque luego lo reclame, en principio, tendrá que pagar impuestos, no como cónyuge, sino como si fuera cualquier persona no familiar) .

Respuesta
1

¿Un seguro en el banco? Es como decir que en una zapatería te dicen que el pan que te venden es de masa madre... probablemente no distinga un pan candeal de una baguette...
El termino que usa de "amparar" no ad mucha pista de que puede ser porque podríamos hablar de un seguro a dos cabezas (que hace 40 años que no se estilan), la garantía de un capital extra para un posible huerfano por el fallecimiento simultaneo de ambos progenitores, un colectivo con adhesión de las personas relacionadas... en fin... que podría ser, o podría no ser lo que piensa porque el bancario le ha dado una explicación tan difusa como el conocimiento que tiene.
Le recomiendo que lleve la póliza a un profesional, un agente o corredor colegiado de su zona, y le podrá dar toda clase de detalles que sin tener delante el contrato es ciertamente complejo. Con probabilidad le contarán que el producto que tiene es caro, y solo con mucha suerte se adaptará a lo que necesita.

Respuesta
1

En el condicionado de la póliza debe ver quién tiene condición de asegurado y si su situación encaja en la definición que aparece en la misma.

Sinceramente, el "ya lo tengo yo aquí anotado" cuando en su documentación no aparece a mí no me inspira confianza. A la hora de contratar un seguro lo primordial debe ser la transparencia. Mi consejo es que busque una oficina de seguros y se haga un seguro en condiciones a través de un profesional.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas