Donde se deben inscribir los acuerdos de la comunidad de propietarios

Recientemente hemos acordado no autorizar la utilización de las viviendas como "vivienda turística". Ignoramos donde hay que registrar dicho acuerdo, aparte de en el libro de actas, para que tenga validez

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En el libro de Actas es suficiente para que tengan validez.

La cuestión es, si quieren que el acuerdo obligue a posibles futuros propietarios, en cuyo caso deben incluirlo en los Estatutos de la Comunidad y registrarlos en el Registro de la Propiedad. El acuerdo exige unanimidad.

Como bien comenta el Sr. Jota Ig Ro, la última revisión de la Ley establece una mayoría de las 3/5 partes para ese tipo de acuerdo.

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