Reclamación por avería en vehículo vendido

En Octubre del año pasado vendí un vehículo con una antigüedad de 23 años (casi clásico) del que había sido propietario desde hacia 8 años.

El comprador lo probó antes de comprarlo exhaustivamente por ciudad, carretera y autopista (hicimos unos 200 kms), formalizamos la transferencia y a los pocos día me llama diciéndome que se le había averiado el coche (algo relacionado con la cadena de distribución) y que tenía que pagar la avería.

Yo le dije que el coche mecánicamente no me había dado problemas en el tiempo que lo había tenido y que le hacía revisiones anuales de las que le dí justificantes(cambio aceite filtros etc) y que era muy extraño porque esos coches llevan cadena de distribución no correa, y ésta no suele romperse nunca.

Hoy he recibido una notificación de un abogado diciéndome que tengo que pagar la factura que asciende a 1.800 euros y posibles otros daños que puedan surgir en estos meses.

En el contrato que firmamos no se incluyó ninguna cláusula donde figurara una garantía por averías del vehículo, exactamente igual que cuando yo lo compré.

Entiendo que no tengo porqué pagar esa factura dado que yo en el tiempo que he tenido el coche lo he cuidado y mantenido adecuadamente, y además tratándose de un vehículo casi clásico (23 años) y que vendí por un precio bastante más bajo de su valor medio de mercado.

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Respuesta
1

Su pregunta ya fue respondida recientemente: Me reclaman avería en vehículo

¡Gracias! Pero realmente no me quedó claro si soy responsable de pagar la reparació o no, por eso la he reformulado otra vez, me quedé con la duda.

Le indiqué que (copio):

"La pregunta clave es si la rotura del tensor de la cadena de distribución puede o no considerarse un vicio oculto. Me temo que la persona más indicada para responder sería un perito mecánico y dudo que lo encuentre en este foro."

Si un perito determina que esa avería está ocasionada por un defecto que ya existía en el momento de la venta, usted es el responsable.

¡Gracias!  Siento ser pesado pero es que he leido comentarios contradictorios, le adjunto la respuesta a una pregunta de otra persona en este mismo portal y cuyo caso era muy parecido al mio.

Respuesta de J. C. Criminólogo perito judicial

J. C. Criminólogo perito judicial

J. C. Criminólogo perito judicial, No me importa tener enemigos, pero sí me importaría no tener amigos.

Si en el contrato no hace mención a averías por vicios ocultos o algún tipo de garantía, no estás obligada a nada. En caso de que te llame o te envíe alguna reclamación por carta, ignórala, no puede ir contra ti. Si te amenaza o coacciona para que pagues denúncialo.

el 22 abr. 18

Y sólo puedo discrepar con esa respuesta. No es necesario que figure una garantía en el contrato para que el vendedor responda ante posibles vicios ocultos, en la venta de un coche de segunda mano entre particulares.

No tiene usted más que buscar en Google "vicios ocultos coche segunda mano".

Pero si quiere, puede leer:

https://www.aobabogados.com/blog/vicios-ocultos-vehiculos 

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