Presentar modelo 390 fuera de plazo

Hacienda me ha denegado el certificado de contratistas y subcontratista por no haber presentado el resumen anual del IVA de 2017. Ahora se que es obligatorio paratodos los autónomos menos los del régimen simplificado, pero hasta hace unos días creí que yo estabaen ese régimen. Así que por favor agradecería que obviaseis hacer este tipo de comentario.

Llame a hacienda y me han dicho que "pruebe a presentar el modelo 390 fuera de tiempo y que tendría una sanción.

El 4T de 2017 salio a devolver y estoy al tanto de todos mis pagos con hacienda.

Por un lado, ¿a qué tipo de sanción me puedo enfrentar?

He rellenado el 390 y lo tengo guardado en copia, pero no me he atrevido a enviarlo porque entiendo que si hacienda no me reclama la sanción (todavía no he recibido ninguna notificación) podría tener un descuento del 50% en la sanción. He comprobado todo meticulosamente y cuadra al céntimo con lo que me presento la gestoría en su momento.

¿Qué pasos debería seguir para acelerar al máximo la entrega del certificado de contratistas y subcontratistas e intentar recibir el descuento en la multa?

2 Respuestas

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Si presentas el modelo 390 antes de que la Agencia Tributaria te reclame la sanción se reduce a la mitad. Unos 100 con una deducción del 30% por conformidad se queda en 70 y un descuento por pronto pago de 25% se queda en 52,50.

Si esperas a que llegue la reclamación pierdes la reducción del 50% primero y la sanción seria 200, que se quedaría en 105,00 euros.

Yo que tu la presentaba ya.

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Como Hacienda no te la ha reclamado será una declaración extemporánea del modelo 390 presentada fuera de plazo. La sanción debe ser de 200,00 Euros, con bonificación del 25% por pago en plazo. La sanción te vendrá después, y podrás alegar, aunque no te veo argumentos, porque la ignorancia no exime el cumplimiento de las Leyes. Tan pronto tengas presentado el 390 podrás solicitar el certificado de contratistas y sub, y no te será rechazado.

Son los arrendadores de locales, personas que tributen en módulos y los que están en el SII, están exentos de presentar, pero si usted estaba presentando los modelos 303, podía ver fácilmente si estaba en régimen simplificado (no obligado), o en régimen general. Por otra parte, si utiliza los servicios de una asesoría, debería de habérselo hecho.

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