Procedimiento Civil ¿Puede el propio interesado acceder directamente a información en el juzgado?

Quisera ver si me pueden dar algunas orientaciones al respecto.

Pongamos el caso de una persona, que inicia un procedimiento civil. A tales efectos está personado mediante Abogado y procurador. La duda es si en el intervalo hasta que se fije la fecha de la vista, el interesado puede directamente solicitar información en el juzgado relativas al estado del expediente y si el juzgado normalmente atiende dicha solicitud.

En caso afirmativo, me seria de utilidad cualquier consejo al respecto.

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En el Juzgado le remitirán a su abogado, aunque desde luego tiene usted derecho a que le exhiban el expediente, que es el primero de todos los derechos del administrado. Insista.

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