Alquiler de un vivienda heredada

Vivo en Sevilla y soy propietaria al 50 % de una vivienda que perteneció a mi hermano, y lo soy, junto con 2 sobrinos que tienen cada uno 25 % de la misma propiedad. Queremos arrendar esa vivienda a un particular y queremos ponerle 425 euros de renta ¿qué impuesto hay que añadirle a estos 425 euros? ¿Iva? ¿Irpf? ¿Cómo se declararía en la Renta o hay que presentar algún modelo de pago ante la Agencia Tributaria? ¿Dónde tengo que dar de alta el contrato que formalice con el arrendatario? ¿Tendríamos qué figurar los 3 herederos en el contrato del alquiler con el inquilino o solo podría ser yo en representación de los otros dos?.

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un experto que les estudie y ayude con su caso concreto.

Como norma general, el arrendamiento de vivienda no esta sujeto a IVA, por lo tanto no se ha de incrementar y tampoco tiene retención.

En el contrato de arrendamiento han de figurar todos los propietarios y el inquilino.

Cada uno de ustedes ha de declarar el beneficio del alquiler en su declaración de Renta, en función de su porcentaje de propiedad. E imputarse un ingreso en los periodos que no ha estado alquilada la vivienda.

Además han de depositar la fianza http://www.juntadeandalucia.es/avra/fianzas/ 

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