¿Estoy obligado a justificar el pago de un crédito cuando esta embargado?

La agencia tributaria ha embargado los créditos a favor de la empresa que me alquila.

Hasta ahora pagaba mensuamente a dicha empresa el alquiler.

A partir de la notificación que recibo de hacienda me indican que no debo tener ningún tipo de relación económica con la empresa y que los pagos que deba hacerle a la misma los ingrese en las cuentas de la agencia tributaria.

La empresa me pide justificantes de los ingresos a hacienda.

¿Tengo obligación de facilitar dicha información a la empresa que me alqua habiendo recibido la notificación de la aeat?

2 Respuestas

Respuesta
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Considero que debe comunicar, mediante copia de la transferencia, a su casero los pagos que vaya realizando a favor de la Agencia tributaria, más que nada por su propio beneficio, no vaya a ponerle un desahucio por falta de pago.

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Usted debe facilitar la información al acreedor con el que tiene la deuda, para que se pueda verificar que se realizan los pagos.

De no hacerlo, es un incumplimiento contractual del contrato de crédito y le supondrá muchos mas perjuicios si le presentan un procedimiento judicial...

Como esta obligado a realizar los pagos a la Agencia Tributaria, debe facilitar dichos pagos hechos a la Agencia Tributaria y así evitar problemas.

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