Derecho a indemnización económica a arrendatario por obras de comunidad

Me surge la duda de si en el caso de que el arrendatario de un local tenga que permitir obras en su negocio para solucionar averías de la comunidad si tiene derecho a que se les sean resarcidas las pérdidas económicas que estas le hayan podido producir. En caso afirmativo, ¿a quién debe reclamar? ¿Al arrendador del local o a la comunidad y su seguro? Nunca me ha quedado claro si un arrendatario tiene derecho a este tipo de indemnizaciones por lucro cesante o solamente el arrendador.

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Respuesta

El arrendador sólo sufrirá perjuicios si el inquilino deja de pagarle y eso no es aconsejable, el inquilino si debe ser indemnizado por las pérdidas que sufra y acredite, entiendo que debe correr por cuenta de la Comunidad de Propietarios.

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