Pagar facturas pendientes con fianza

Tenía un contrato de arrendamiento como inquilino de un año, el cual por diversos motivos no he podido cumplir y me he tenido que ir antes. Di al arrendador un mes de fianza y al irme antes de tiempo dijo que se la quedaba. Estaba especificado en el contrato por lo que no pude decir nada. El problema está ahora cuando después de dos meses me está diciendo que hay una factura de agua pendiente y que se lo tengo que ingresar. Mi duda es que sí ha que se ha quedado con la fianza se puede pagar con la misma esa factura y no ingresar nada.

Respuesta

La fianza se establece para un caso concreto. Al incumplir el contrato se indemnizó con la fianza. El abono de suministros nada tiene que ver y sin son achacables a ud. debe pagarlos, tanto legal como moralmente.

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Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

Como norma general, usted ha de pagar los suministros, por lo tanto si hay una deuda pendiente de agua, usted debe pagarla o se la pueden reclamar incluso judicialmente.

Si el contrato especifica una indemnización por finalización, nada tiene que ver eso con los pagos de los suministros.

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