Escriturar vivienda habitual en separación de bienes

A ver si me pueden aclarar un par de dudas.

Se trata de un matrimonio residente en Vizcaya, sin hijos y casados en régimen de separación de bienes ambos con unos ingresos similares. El cónyuge A tiene el 100% de la propiedad de la actual vivienda habitual, la cual adquirió antes del matrimonio. La hipoteca de la vivienda habitual se ha terminado de pagar dentro del matrimonio, pero ha sido pagada íntegramente por el cónyuge A.

El caso es que ahora van a adquirir una vivienda, para ello, se va a destinar el dinero de la venta de la vivienda que adquirió de soltero el cónyuge A.

Por lo que el cónyuge A aportaría el 65% del valor de la nueva vivienda y el cónyuge B el 35%.

La idea es escriturar en estos porcentajes. (65/35).

Las dudas que surgen son:

En caso de separación o divorcio y suponiendo que seguimos sin hijos y con sueldos similares.

A efectos de propiedad ¿Tendría algún sentido escriturar en esos porcentajes?

¿Qué ocurriría con la vivienda?

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Precisamente si elegiste el régimen de separación de bienes, es para que los ingresos de cada uno no vayan en favor del matrimonio, de los 2, sino de cada uno

Por ello, entiendo que en la misma línea, si las aportaciones para comprar un nuevo inmueble no son iguales, se debe reflejar así en la escritura de adquisición.

Si hay ruptura del matrimonio, si alguno quiere esa propiedad, tendrá que pagarle el porcentaje correspondiente al otro

Si hay transmisión mortis causa, los herederos heredarán primero un porcentaje y luego el otro

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