¿ Puedo reclamar una factura sin fecha de vencimiento?

Ya he preguntado en este hilo, pero tengo la duda de si puedo iniciar un proceso monitorio por las facturas impagadas, porque solo tienen fecha de emisión no de vencimiento. Los trabajos están hechos y entregados hace casi un año, y así se refleja en los correos electrónicos intercambiados en los que reconocen la deuda.

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Ya estás tardando. Existe la ley contra la morosidad desde el año 2014, se han ido modificando los plazos por aplicación de régimen transitorio. Ahora tienen un plazo de pago de 60 días.

Te dejo este enlace que me parece significativo: https://www.ilpabogados.com/pago-proveedores-60-dias-uno-mas/

Recuerda que cuando se excede del vencimiento se tiene derecho a un interés de mora, que va en función de un índice que se publica de forma semestral, en la actualidad debe ser el 8% o muy cerca del mismo (dado que no he revisado el último).

Un cordial saludo. Ruego valore respuesta.

Muchas gracias !! 

Buenas tardes Juan Francisco. 

Finalmente la empresa que nos adeuda los trabajos no ha respondido al burofax. Tengo un duda, la deuda es a una empresa, si comenzamos el proceso monitorio ¿quien debe presentar la demanda el administrador o el aporedado de la empresa, que soy yo ?. 

Gracias. 

Si en tu apoderamiento tienes facultades para intervenir en procesos judiciales, puedes hacerlo, en caso contrario actuaria el administrador. Debes ver que tienes escrito en el poder. Por otra parte, si el proceso monitorio termina con el impago del cliente, deberás plantearte si por razón de la cuantía te conviene seguir o no. En caso afirmativo debes de contactar con un abogado y comprobar la situación de la sociedad previa a la demanda, y si es posible derivar responsabilidad hacia el administrador de la sociedad (si es sociedad tu cliente, claro está).

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