Estoy De turista en España... Como puedo quedarme legalmente.?

Mi hermana de nacionalidad argentina (somos hermanas por parte de materna) (tiene 20 años ) su situación socioeconómica es muy precaria. ... Llego a España el 21/7 de turista hasta el 14/9. .. Y desea quedarse conmigo a vivir en España. .. Como podemos hacerlo posible.? Todas las ideas son agradecidas. ... Queremos intentarlo antes que se cumpla su estancia legal.

Yo soy mayor de edad y tengo la nacionalidad española( y la argentina) resido en España hace 12 años.. Tengo vivienda y lo básico para sosterla económicamente conmigo. ... Tengo un niño y ella me ayudaría a cuidarlo. .. Cuando yo trabajo. .

Infinitas gracias♡

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Estimada:

A continuación exponemos algunas opciones para regularizarse en España, desde el país de origen. Estando en España en estancia regular como turista, o estando en situación irregular.

DESDE EL PAÍS DE ORIGEN:

  • Residencia NO LUCRATIVA: El permiso de residencia no lucrativa se puede solicitar desde el Consulado de España en su lugar de residencia. El principal requisito es acreditar la disposición de una cantidad mínimo de 25.000 euros, en conjunto o garantizada en partes mensuales). Este monto obedece a que el permiso de residencia no lucrativa autoriza a residir pero no a trabajar en España.
  • Visado de estudio: Si viene a estudiar a España, realizar un curso superior a 6 meses, que sea presencial en un centro español acreditado podrá optar a la residencia por un año en territorio español.

DESDE ESPAÑA COMO TURISTA: En España con estancia regular como turista hasta antes de su vencimiento: Si es de un país que no requiere visado para entrar a España, o ha entrado con visado de turista, hay algunas opciones de residencia, entrado como turista y que se tramitan antes de la caducidad de su estancia.

  • Residencia para inversores: Con esta categoría se obtiene una visa llamada Golden Visa para residir al menos 1 año, que podrá ser renovada, pueden solicitarla aquellos inversores que realicen una inversión de más de 500000 € en España. La residencia se obtendrá por la adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500 mil por cada solicitante en un periodo no superior a 60 días anteriores a la presentación de la solicitud. La autorización inicial de residencia para inversores tendrá una duración de dos años. Una vez cumplido dicho plazo, aquellos inversores extranjeros que estén interesados en residir en España por una duración superior podrán solicitar la renovación de la autorización de residencia para inversores por el mismo plazo de dos años.
  • Residencia para emprendedores: Personas que vayan a crear una empresa en España, esta residencia permite residir y trabajar en todo el territorio nacional. En caso de que su intención sea iniciar un proyecto empresarial en España. Los extranjeros que se propongan entrar o residir, o que ya residan, (o estén de turista en estancia regular) en España verán facilitada su entrada y permanencia en territorio español por razones de interés económico. Cuando se habla de actividad emprendedora, la normativa refiere aquella que tiene carácter innovador con especial interés económico para España y a tal efecto cuente con un informe favorable del órgano competente de la Administración General del Estado. En su caso montar un negocio supone la creación de plan de empresa con una valoración favorable, pero para la valoración se tendrá en cuenta especialmente y con carácter prioritario la creación de puestos de trabajo en España, y, además, el perfil profesional del solicitante, el plan de negocio, incluyendo el análisis de mercado, servicio o producto, y la financiación y el valor añadido para la economía española, la innovación u oportunidades de inversión.
  • Residencia para profesionales altamente cualificados: El objetivo de dicha visa es eliminar tareas burocráticas en la atracción de talento al sector empresarial español, fomentar la internacionalización de la empresa española y mejorar la competitividad de la economía española, a través de una autorización de residencia que tendrá la misma duración que la establecida en el contrato o en el documento acreditativo de la existencia de una relación profesional entre ambos.
  • Residencia para investigadores: Su objetivo es facilitar la entrada en España de extranjeros de fuera de la UE que deseen realizar actividades de formación e investigación, tanto en el ámbito público como en el privado. Esta visa está dirigida a: Investigadores, personal científico y técnico, profesores.
  • Residencia por traslado intraempresarial: Esta visa pretende facilitar los desplazamientos de extranjeros a España en el marco de una relación laboral, profesional o de formación profesional con una empresa o grupo de empresas establecidas en España u otro país.

DESDE ESPAÑA EN SITUACIÓN IRREGULAR

Residencia por Circunstancias Excepcionales 3 años de situación irregular en España.

  • (Arraigo Familiar y Arraigo Social)
  • Arraigo Social: Se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España por un periodo continuado de 3 años en estancia irregular.
  • Arraigo Familiar: Se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y, o bien sean padre o madre de un menor de nacionalidad española, o sean hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
  • Arraigo Laboral: Aquellos que deseen solicitar la residencia por arraigo laboral deberán acreditar la permanencia en España durante un período de dos años. Demostrar la existencia de una relación laboral con una duración que no sea inferior a un año. (En muchos caso frente a la inexistencia de un contrato laboral, para acreditar esta condición debe realizarse mediante una resolución judicial o mediante una resolución administrativa de confirmación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Generalmente se presenta el problemas de pruebas).
  • Residencia de familiares comunitarios: Ya sea por contraer matrimonio, hacer pareja de hecho o ser reagrupado por un ciudadano comunitario.

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