Legar usufructo universal al cónyuge viudo y heredero universal a hija

Si un padre fallece en régimen de separación de bienes, dejando testamento, y lega a su cónyuge el usufructo universal de toda la herencia, y a su hija la nombra como heredera universal de la herencia. Se supone que la madre quedaría como usufructuaria disfrutando de toda la herencia, ¿y la hija como nuda propietaria? ¿Cómo quedaría distribuida?

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La hija en este caso es la única propietaria de toda la herencia pero, mientras viva la madre, o sea la que ha sido nombrada usufructuaria, no puede disponer de la herencia en absoluto. Ninguna de ellas, ni madre ni hija, son “nuda propietarias” de nada. La madre, en cambio, al tener el “uso y disfrute” de la herencia, puede disfrutar de los intereses del capital que se haya dejado e incluso alquilar las propiedades para su único beneficio. La hija pues tendrá que esperar a que la madre muera para disponer de la herencia.

Muchas gracias, disculpe la pregunta, pero si la hija no es nuda propietaria, ni tiene el pleno dominio de la herencia, porque no puede disponer de ella en su totalidad hasta el fallecimiento de su madre...en qué concepto heredaría la madre?no sé si me explico bien...gracias de antemano

disculpe, quería decir en qué concepto Heredaría la hija, y cómo se vería reflejado en la escritura de aceptación, la distribución de la herencia.

No sé si esta explicación, extraida de textos jurídicos, te servirá:

“Nuda propiedad es aquel derecho de una persona sobre una cosa en la que su relación con ella es de ser sola y únicamente propietario. Como propietario, tiene el dominio sobre la cosa, pero no ostenta la posesión por haber sido cedida ésta a través de un derecho real denominado usufructo”.

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