¿Puedo solicitar cambio declaración IRPF de 2015?

En 2015 vendí un inmueble que había heredado en 1970. Aunque en aquel entonces se había pagado el impuesto de sucesiones (o "derechos reales"), no conservaba ninguna documentación de tal pago. El caso es que en la declaración del IRPF correspondiente a la transmisión de 2015 declaré el "valor de transmisión" y dejé en blanco el "valor de adquisición".
Ahora encontré documentación en la que figura el "Valor catastral" del inmueble en el año en que lo heredé (1970). Si al menos hubiera indicado ese valor como el "valor de adquisición" hubiera pagado menos en el IRPF de 2015.
¿Podría presentar ahora una reclamación por ingresos indebidos en la que introduzca ese "valor de adquisición"? ¿Puedo considerar como valor de adquisición e "valor catastral de 1970?

2 respuestas

Respuesta
1

Ahora mismo el ejercicio 2015 no está prescrito, prescribe en junio de 2020, por lo que podría solicitar la rectificación de la declaración y la devolución de los ingresos indebidos más los intereses. En tu caso el problema es que al solicitar dicha rectificación hay que explicar muy bien el porqué y sobre todo justificar la modificación. Es decir, habría que hacer mención a que por error no consignaste ningún importe como valor de adquisición, pero deberás justificar dicha adquisición. Que prospere la reclamación se complica si no se aporta escritura de herencia, en este sentido le recomiendo si es posible contacte con la notaria a ver si se puede obtener una copia de la escritura tan antigua. A falta de dicha escritura, siempre se puede aportar algún certificado del registro de la propiedad en el que figure la titularidad y datos de la adquisición. En cuanto al valor, si se dispone de escritura, sería lo que en ella pusiera o en su defecto el valor catastral justificado sería válido aunque fuese inferior al valor a nivel de impuesto sobre sucesiones.

Respuesta
1

Lo que le intersa es encontrar la escritura de acepatción y adjudicación de esa herencia, a través del Registro de la Propiedad puede averiguar el Notario que la otorgó y luego pedir una copia al Colegio Notarial o al Notario que custodie el protocolo del otro notario, que sin duda estará jubilado, eso le puedeservir para justificar el valor de adquisición que por desconocerlo no incluyó en 2015

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas