Mi nomina en el extranjero

Mi pareja y yo nos vamos a ir a trabajar a Inglaterra durante 7 meses y mi intención es transferir el dinero que ganemos de mi cuenta de UK a la española y me gustaría saber si es mejor pasarla cada mes o antes de irnos transferir todo el dinero de la nomina directamente y si es legal todo

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Las transferencias no tributan. A simple vista parece intrascendente, sin embargo, yo pienso que es mejor que hagan transferencias mensuales de UK a España por el importe que ahorren cada mes. Creo que es más razonable, realizar transferencias pequeñas que una grande.

Salvo mejor opinión.

¡Gracias! Eso haremos seguramente pero quería asegurarme de que no hija a tener problemas luego 

También es importante la contestación de abogados Edo, en cualquier caso, he entendido que la idea es volver a España, y que van a estar sólo de forma temporal en UK, por lo que aunque excedan de los 183 días, hay otros factores como dónde radique su vivienda habitual, sus intereses, etc, que se dan en el marco del convenio de la OCEDE para entender que usted seguirá siendo residente en España, y por lo tanto las transferencias, no deben de ser un problema. Cuestión distinta es que ustedes quisieran forzar su residencia en UK, pues habría que acreditarla, con certificado consulado, etc, pero entiendo que no es su caso.

Muchísimas gracias ya me ha quedado mucho más claro, si nuestra intención es solo esa volver a los 7 meses y no tener problemas a la hora de demostrar que estábamos  trabajando y que ese dinero proviene de UK 

Buena suerte en su proyecto, si hace las cosas bien, no tiene porque tener ningún problema.

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un experto que les ayude con su caso concreto.

Las cuestiones de residencia son complejas y dependerá de algunas circunstancias que usted mantenga la residencia fiscal este año en España o sea residente fiscal en UK. Esto es muy importante porque usted deberá tributar por todas sus rentas mundiales en el país donde sea residente fiscal.

No es lo mismo que la empresa expañola le mande a trabajar a UK, manteniendo la seguridad social y la residendia en España (con sus régimen particulares de rentas en el extranjero) que sea porque les contrata directamente una empresa de Uk. Y todo hay que comunicarlo tanto en Hacienda de España, como en consulado de España en UK, como en Hacienda de UK.

En cuanto a la transferencia del dinero efectivamente no paga impuestos, pero si dejan de ser residentes, tendrán que notificar en su banco esto, para que no les apliquen retenciones y en determinados casos, podrían estar obligados a presentar declaraciones de no residentes en España.

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