Choque contra papelera y positivo en el control de alcoholemia

La otra noche tuve un accidente contra una papelera, se personó la G. Civil y me mandó aparcar. Los municipales se encargaron del atestado, me hicieron la prueba de alcoholemia y di 0,58 en la primera medida y 0,54 en la segunda. Me pusieron una multa de 1000 € y retirada de 6 puntos. Como hubo daños, no puedo pagar la multa y está incurso en vía penal por presunto delito contra la seguridad vial. Es posible que me retiren el carné, de ser así cuánto tiempo sería. Por otra parte, estoy pendiente de una oposición y no sé si me quedan antecedentes penales. Nunca me habían quitado puntos, ni tengo antecedentes de ningún tipo. No opuse ninguna resistencia, colaboré, pero no declaré, pues estaba acojonado.

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El delito de seguridad vial por conducir el vehículo baja la influencia de las bebidas alcohólicas contempla una tasa de 0,60. Debido a que Ud arrojó un valor inferior, debe solicitar el archivo de la causa. Distinto es si el procedimiento penal se sigue por un delito contra la seguridad vial por daños en las cosas ocasionados. Pese a ello y en el caso que NO fuera un procedimiento penal debe asumir los daños a la vía pública. En caso de seguir el procedimiento penal y recaer sentencia definitiva tendría antecedentes penales.

Espero haberle ayudado, si tiene cualquier duda puede contactar conmigo. Att- Marc-Abogado [email protected] 

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Las cosas no son exactamente como te dicen en el anterior comentario, siento decirle que el delito contra la seguridad vial no solo se basa en la tasa que arrojó en el etilometro, que como bien dicen en el anterior comentario por si solo no puede ser constitutivo de una infracción penal al no superar 0,60 mg/l (el margen según las directrices de la DGT es de 0,65 mg/l para tener en cuenta los márgenes de error del etilometro). El problema es que si le investigan por un delito contra la seguridad vial es porque se denota influencia en la conducción y una de las pruebas mas claras es el estar inmerso en un accidente de circulación (en su caso un choque, al colisionar con un elemento fijo de la vía) o una infracción.

El procedimiento al existir unos daños que hay que peritar por el perjudicado (imagino que el perjudicado es el ayuntamiento), se llevara por un procedimiento abreviado, es decir, no habrá juicio rápido.

Le quedarán antecedentes penales si es condenado en sentencia firme.

La denuncia no la puede pagar como bien dice porque el procedimiento esta ahora en un procedimiento penal que tiene prioridad sobre el administrativo, en el hipotético caso de que usted saliese absuelto del procedimiento penal, la denuncia que le entregaron se tramitaría y se le sancionaría por conducir con una tasa superior a la permitida. (En su caso es de 1000€ por superar el doble de la tasa permitida y apareja la perdida de 6 puntos del permiso de conducir)

¡Gracias! 

Agradezco mucho la información. Sabe si comporta la retirada del carné. En caso afirmativo, se podría sustituir la retirada del carné por fines de semana, no poder conducir por las tardes fuera del perido de trabajo, o por peridos vacacionales? Hay alguna posibilidad o estrategia para defender este suceso y evitar una condena penal, sin eludir, por supuesto, los gastos de multa, restitución al seguro del valor que pague al ayuntamiento por la papelera...? Muchas gracias. Vds. son expertos en defender estos temas?

Siento la demora al responder, pero por trabajo no tengo un minuto libre. Debido a mi trabajo, estoy altamente ligado a procedimientos penales y me gusta resolver lo que me tomo como “casos prácticos”. No tengo una empresa pero como habrá visto algunos abogados no especializados no conocen con detalle todos los entresijos de este tipo de situaciones.

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