La nómina en la reducción de jornada por guarda legal

En la nómina, con la reducción de jornada por guarda legal, ¿debe de reducirse también el plus de transporte?

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No pueden reducir el plus de transporte, es un error que comenten algunas empresas por no conocer bien la legislación. Es un plus que se paga para compensar un gasto fijo que tienes que soportar al tener que desplazarte para ir y volver de la empresa con independencia del tipo de jornada que tengas.

Eso es lo que leo en muchas páginas...pero no veo ninguna ley, sentencia...donde poder agarrarme. He revisado mi nomina y el plus transporte lo tienen metido en percepciones salariales.

Busca en tu convenio colectivo.

Allí lo podrás ver con exactitud para poderlo reclamar.

El convenio es el del metal, me lo he leído y no veo nada dónde haga referencia a eso.

Han preguntado a la gestoría y dicen que también se tiene que reducir, yo por mi parte he preguntado a otra gestoría y también dicen que se tiene que reducir.

Solo por foros, blogs, páginas...es donde leo que no se debe reducir...y con eso no me vale para presentárselo.

No te preocupes, si tu convenio no dice nada al respecto, puedes verlo en la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 31 de Madrid, de fecha 18/10/2006. En ella deja claro que no hay que reducir este plus cuando se reduzca la jornada.

Esto es lo que dice:

"... Se concluye sin atisbo de duda la naturaleza no salarial de tales conceptos, a la luz de lo establecido en el art. 26.2 del ET, que niega la condición de salario a las cantidades percibidas por el trabajador en concepto de las indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral. Y es el caso que teniendo la naturaleza no salarial y compensatoria de los gastos por desempeño de la actividad laboral, tales conceptos no pueden en buena lógica sufrir reducciones proporcionales a la reducción de jornada, como acontece con los conceptos salariales que están destinados a compensar tiempo de trabajo efectivo o computable como de trabajo, pues tales gastos de transporte se generan en plenitud, se haga jornada completa o reducida".

Muchas gracias por tu pronta respuesta.

¿Sabrías decirme donde se puede visualizar esa sentencia? Pongo en internet esos datos pero no me aparece nada oficial.

Los profesionales que nos dedicamos a esto normalmente estamos suscritos, pagando una cuota, a una base de datos jurídica donde podemos ver todas las sentencias. Lo digo porque es probable que por más que busques no la encuentres si no cuentas con un recurso como ese. Cualquier profesional de tu zona te la podrá facilitar sin ningún problema.

¡Gracias! 

¡¡Muchísimas gracias!! Eso era lo que necesitaba saber...dónde conseguirlo. Ya me he puesto manos a la obra.

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