Multas por exceso de velocidad

Recibí una notificación de tráfico para identificar al conductor por exceso de velocidad.

La notificación refleja una velocidad de 72 Km/h donde estaba limitado a 50.

Sin embargo no consta ninguna reducción de la velocidad por margen de medición. Tengo entendido que la velocidad de circulación se reduce en 4 Km/h, lo que rebaja la multa considerablemente y no lleva perdida de puntos.

Por lo expuesto, pregunto si eso es cierto, como debo actuar para que me apliquen la reducción de los Km/h y por consiguiente el importe de la multa.

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El cinamometro (radar) ya aplica el margen legal, no se indica en la notificación de la sanción.

En cualquier caso, parece que le solicitan que notifique al conductor, y si no lo hace, se encontrara con una sanción muy elevada, mayor incluso que la de velocidad... Por lo que le recomendamos que lo primero sea notificar al conductor.

www.abogaodosedo.com

Hola, la identificación del conductor se hará dentro del plazo concedido de veinte días.

Pero la cuestión es el margen de error del radar, es decir si refleja una velocidad de 72 Km/h, no consta la correspondiente reducción sobre la velocidad. Tengo entendido que sobre los 72 Km/h que aparece en la foto, deben descontar 4 Km/h y eso reducirá la sanción a 100 € en vez de 300.

Es así?

No. El propio radar ya aplica el margen de error establecido al calcular la velocidad, por lo tanto, los 72km/h que le indican es ya la velocidad con el margen de error.

En cualquier caso, usted puede solicitar la ITV del cinamometro, para verificar que cumple la normativa.

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