Notificación enviada a una dirección incorrecta¿Qué puedo hacer?

Quisiera realizar una consulta porque entiendo debería poder reclamar o recurrir una denuncia por las diferentes anomalías.
Os explico:
He recibido una notificación de servei català de transit a un domicilio que vendimos hace más de 10 años. Me he enterado porque el actual propietario es conocido nuestro y guardamos cierta relación, en caso contrario no hubiera sido así.
El primer desatino empieza por correos, por dejar un papel de notificación de un certificado en un buzón donde no aparece mi nombre, en lugar de indicar desconocido o erróneo.
Al enterarme, contacté con Tránsito y me dijeron que se trataba de una denuncia de radar y que me solicitaban indicara quién era el conductor.
Mi pregunta, creo que más que lógica, fue porque no habían enviado la notificación a la dirección donde consta matriculado el vehículo.
Me dijeron que ellos no utilizaban esa base de datos sino la dirección que consta en tráfico en el permiso de circulación.
Otra incongruencia, ¿cómo en tráfico realmente consta esa dirección en mi permiso de circulación?
En 1986, fecha en la que obtuve el permiso de circulación mi dirección era otra.
En 1989, sufrí una lesión medular que me imposibilita el movimiento de brazos y piernas, de manera que me es imposible conducir, razón por la que nunca más volví a renovar el carnet. Desde el servei Català del transit me dicen que debo modificar la dirección en Tráfico del permiso de mi circulación para que no me pueda encontrar con el mismo problema. En tráfico me dicen que no es posible porque es un carnet caducado, no activo y por tanto no modificable.
Como he tenido la suerte de enterarme, había pensado hacer un escrito notificando quién era el conductor. Algo que no digo sea absurdo, pero un tanto innecesario teniendo en cuenta que la denuncia no conlleva la retirada de ningún punto.
¿Qué haríais? ¿Puedo alegar algo para que anulen la sanción? He tenido que escuchar que se insinuara para qué quería un coche a mi nombre si no lo conducía. Podría decir que porque me da la gana, es una propiedad mía, sin embargo, intentaré ser más amable y justificar con la realidad: es un vehículo adaptado y para solicitar ayudas así como la tarjeta de permisividad de aparcamiento era requisito que fuera a mi nombre.
Aprovecho también para la otra pregunta, me han informado que el máximo de velocidad era de 80 y que el vehículo iba a 95 km/hora. Tenía entendido que existía un margen de error ya que los radares no son infalibles. ¿Una vez notificada la multa al conductor (mi padre) podría basar mi recurso en alguna normativa que recogiera ese posible margen de error?
El importe de la multa de 100 €, con descuento de 50 €. Sé que puedo hacer un recurso y que no me lo acepten, aunque tenga toda la razón del mundo y bases legales en las que apoyarme. El tema es que saben que somos pocos los que iremos a un contencioso administrativo, que implica tiempo y dinero.
Aunque a veces sólo por defender nuestros derechos y evitar otros abusos tendría que valer la pena.
Toda la información que me podéis facilitar será de mucha ayuda.

2 Respuestas

Respuesta
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Usted ha de cambiar en trafico, tanto el vehículo como su permiso de conducir, si es que ya no viven en esos domicilio. La multa esta correctamente comunicada, pues se ha utilizado la dirección de trafico, que seguramente es esa pues en el momento de la compra del vehículo esa era su dirección en el DNI.

Ahora ha de notificar el conductor, pues de lo contrario se abre otro expediente sancionador por no comunicarlo de unos 300 €. Puede indicar un domicilio de notificación de su padre (conductor) pero si tarda en llegar la carta, ha de preguntar directamente, pues pueden haber cogido la dirección de trafico de su padre... Así podrá pagar con reducción.

En cuanto al margen de error, ya es tenido en cuenta, cuando se notifica la sanción, para el calculo de la velocidad que le indican que usted circulaba.

Le recomendamos pagar con reducción, o tendrá que terminar en la vía contenciosa administrativa y no tiene muchas garantías de ganar con estos datos que nos facilita.

Agradecemos valoración de la respuesta.

Creo que no he sabido explicarme y he empleado mal el término cuando hablaba del permiso de circulación me refería a carnet de conducir (supongo que debería haber dicho licencia, perdón).
Mi carnet ha caducado hace 15 o más años, en tráfico me informan que no se puede modificar la dirección al no estar activo.
De ahí mi queja, que no hayan utilizado la base de datos que utiliza cualquier ayuntamiento, diputación, etc, la dirección que consta en el permiso de circulación.
Como he comentado la información que he conseguido ha sido a través de teléfono pero entiendo que en la sanción debería aparecer velocidad real y velocidad sancionable.
Por que me han dicho también por teléfono, según ellos no contemplaba ningún margen de error y que se sancionaba a partir del primer kilómetro de más.
Sólo sé, lo poco que me han dicho por teléfono.
Mis preguntas vuelven a ser las mismas.
Un saludo

En trafico figurara también mal la dirección del vehículo, que es la que se toma para enviar sanciones, por la matricula del mismo. Y esto tendrá que solucionarlo...

El margen de error se calcula automáticamente por el radar, por lo tanto, lo que aparece es la velocidad a la que se circula, ya teniendo en cuenta el margen de error del aparato.

Le recomendamos se persone en el organismo sancionador, indique el conductor del vehículo y cuando reciba la notificación, pague con reducción.

O solicite toda la documentación aportada al expediente y estudie la posibilidad de hacer un recurso.. que seguramente tendrá que llegar a la vía contenciosa.

Agradecemos valoración de la respuesta.

Gracias por la información, sobre todo lo que se refiere al radar. En cuanto a la información de tráfico, está del todo correcta, No puedo cambiar la dirección porque consta la dirección donde hubiera querido que hubiera notificado la, por ahora, tan sólo carta.

Si yo soy el propietario, habré matriculado en tráfico el vehículo en la dirección que consta en mi DNI, como así ha sido.

Si hubieran detenido al conductor hubiera tenido que presentar el carnet de conducir, que debe coincidir con la del DNI. Como en este caso, no se ha detenido al conductor, la denuncia se envía a la matrícula, dirección que consta en Tráfico, la del permiso de circulación, la que entiendo yo debería haber recibido.

De todas maneras, muchas gracias por la respuesta

Respuesta

Son unos estafadores! A.Mi me acaban de embargar 5 euros de mi cuenta, y llamo y me dicen que es de una. Multa del 2013, de cantidad 250€!

Yo tenia todas direccionciones bien, y me entere de que dejaron la antigua y la nueva solo pusieron la calle, ni numero de edificio ni nada.. ¿Y ahora que? ¿Ahora tengo se pagar esa cantidad cuando fue su culpa y que han echo las cosas mal? Lo veremos..!

Nunca me he negado a pagar multas, es más, siempre las pago al momento para se no me suban.. En este caso fue por tenerlo en doble fila. Pero vuelvo a decir, que hacen lo que quieren!

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