Cuantos empleados puede tener un autónomo en módulos

Soy autónomo y me han dicho que puede tener hasta 5 empleados. Mi pregunta es si yo cuento como uno de ellos, y por lo tanto solo puedo contratar a 4 personas, o si no cuento yo, ¿por lo tanto puedo contratar a 5 personas más?

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La magnitud “empleados” comprenderá todas las personas, asalariadas o no asalariadas, que trabajen efectivamente en la actividad principal y en cualquier otra actividad accesoria.

Por lo tanto el empresario también entraría en el cálculo. Como aclaración, comentarle que se computará como una persona asalariada, la que trabaje el número de horas anuales por trabajador fijado en el convenio colectivo correspondiente o, en su defecto, 1.800 horas. Esto quiere decir que si tiene trabajadores a tiempo parcial, computarán según la jornada contratada.

Gracias Salvador, y yo, el empresario, ¿puedo cotizar a media jornada y así permitir que contrato alguien más?

La cotización pertenece a la seguridad social, por lo que aquí no tiene nada que ver, un autónomo como norma general siempre cotizará a jornada completa.

Al ser el responsable del negocio siempre se le computará como uno en el módulo, excepto en aquellos supuestos en que pueda acreditarse una dedicación inferior a 1.800 horas/año por causas objetivas, tales como jubilación, incapacidad, pluralidad de actividades o cierre temporal de la explotación, se computará el tiempo efectivo dedicado a la actividad.

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