Pueden embargar una cuenta de empresa con una deuda a mi nombre si yo soy el administrador de la misma?

Tengo deuda con Hacienda y ya he tenido embargos en cuentas a mi nombre. ¿Pueden embargar también las cuentas que están a nombre de mi empresa?

2 Respuestas

Respuesta
1

Entiendo que no, que la deudora eres tu como persona física con tu NIF, y el dinero es de una persona jurídica con si CIF.

Únicamente te podrían embargar tus participaciones sociales en la SL, o acciones en la SA

Con las participaciones te refieres al porcentaje que tengo de la empresa? 

Si. Si es SL son participaciones sociales y si es SA son acciones

Es decir, a mi parte del capital social de la S.L que en mi caso es el 75%, no al saldo que hay en las cuentas a nombre de la empresa?. Gracias por la aclaración.

Te pueden embargar según art. 592 Ley de Enjuiciamiento Civil

Orden en los embargos. Embargo de empresas

  1. Dinero o cuentas corrientes de cualquier clase.

  2. Créditos y derechos realizables en el acto o a corto plazo, y títulos, valores u otros instrumentos financieros admitidos a negociación en un mercado secundario oficial de valores.

  3. Joyas y objetos de arte.

  4. Rentas en dinero, cualquiera que sea su origen y la razón de su devengo.

  5. Intereses, rentas y frutos de toda especie.

  6. Bienes muebles o semovientes, acciones, títulos o valores no admitidos a cotización oficial y participaciones sociales.

  7. Bienes inmuebles.

  8. Sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas.

  9. Créditos, derechos y valores realizables a medio y largo
Respuesta

La respuesta negativa o afirmativa depederá de si esa empresa tiene personalidad jurídica propia y distinta de vd (SA o SL por ejemplo) o no.

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