Que elegir reducción de jornada o irme?

Si una empresa en la que llevas 12 año ha bajado la producción y te ofrecen reducción de jornada, si no eliges la reducción, ¿qué sería que te vas sin derecho a nada o despido?

2 respuestas

Respuesta

Te puedes acoger al art.50 del Estatuto de los Trabajadores, extinción de contrato por voluntad del trabajador, causa modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

Esto se considera como despido improcedente, con la mismas condiciones e indemnización.

Puedes acudir al CEMAC a presentar papeleta de conciliación, reclamado bien lo dicho, o que no se te reduzca la jornada, la empresa decidirá lo que le conviene, o simplemente solicita la extinción si prefieres irte.

¡Gracias! 

Alejandro Cortés se considera en el art.41 del ET modificaciones sustanciales del trabajo las siguientes :

a) Jornada de trabajo.

b) Horario y distribución del tiempo de trabajo.

c) Régimen de trabajo a turnos.

d) Sistema de remuneración y cuantía salarial.

e) Sistema de trabajo y rendimiento.

f) Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el

De todas maneras, si tu abogado, que yo no lo soy, te dejo que por eso no podía, dejad mi respuesta en stand by.

Respuesta

¿No era una indemnización por 20 días/año si el trabajador rescinde voluntariamente por modificación sustancial?

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