Es imposible decirle a usted el porcentaje correspondiente a su exesposo, puesto que para hacer el cálculo hay que conocer las cifras. Ponga encima de la mesa los siguientes papeles: copia de la escritura de compraventa y extracto de amortización de la hipoteca. Con eso, ya puede echar la cuenta. El precio es el que consta en la escritura, y de ese precio hay que descontar lo que pagó el matrimonio, que le resulta de sumar las correspondientes cuotas de amortización. Le saldrá una cifra exacta, que tiene que expresar en términos porcentuales y dividirlo por dos, para saber qué porcentaje de propiedad le corresponde a cada uno tras la disolución. Está claro que si el precio que figura en las escrituras es de 100.000 euros, y el matrimonio ha pagado 30.000, le corresponde a su marido un 30%. Si la vivienda es el único bien matrimonial, puede usted redimir la parte de su exesposo con dinero contante y sonante. Si no, puede acceder a la disolución de condominio en los términos que dice. Personalmente, yo no concluiría negociadamente el tema, sino que esperaría a ver qué reclamación hace su ex, y combatirla. Los asuntos de divorcio tienen una enorme carga subjetiva (como los de herencia) en que a las partes les importa más el perjuicio ajeno que el beneficio propio.
A ver...que alguien me corrija por favor si estoy equivocada en este otro punto de vista que voy a dar. La vivienda la compraste tú sola y encima antes del matrimonio. La vivienda es tuya y ante notario si la vendes el dinero es del propietario únicamente. Para que le correspondiera algo tendría él que demostrar con ingresos suyos personales únicamente que ha pagado la hipoteca, no puede pedir esa devolución precisamente porque él ha estado viviendo y disfrutando de ella, ES TUYA Y ADQUIRIDA ANTES DEL MATRIMONIO. No tienes por qué darle nada porque no le corresponde porque la vivienda es tuya y el prestamo es tuyo únicamente y en tu renta declaras y pagas tus impuestos tu si no me equivoco. - Maria Jose Milano