Empezar ha trabajar por cuenta propia

Soy titulado desde hace unos años. He decidido colegiarme y realizar proyectos e informes.

No tengo ni idea de las obligaciones que lleva y tengo que tener en cuenta. Ni los gastos que conlleva y necesito saber antes de iniciarme en la nueva aventura.

El colegiars, ¿qué cubre?

¿Tengo qué ser autónomo?. ¿Qué y como procedo?

¿Seguridad social?

¿Montar una epresa es obligado?

Cuanto cuesta cada aoartado

¿Hay bonificaciones o ayudas por ser discapacitado?

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No se tu profesión, pero en general tus derechos como colegiado son:

  1. Actuar profesionalmente en el territorio de cualquier otro Colegio.

  2. Participar en el uso y disfrute de los bienes del Colegio y de los servicios que éste tenga establecidos, siempre que no perjudiquen a los derechos de los demás colegiados.

  3. Asistir a los actos corporativos y tomar parte en las votaciones y deliberaciones que en los Estatutos de cada Colegio se establezcan.

  4. Llevar a cabo los proyectos, dictámenes, peritaciones, valoraciones u otros trabajos que sean solicitados al Colegio por entidades o particulares y que les correspondan por turno previamente establecido.

  5. Recabar el amparo de la Junta de Gobierno cuando consideren lesionados o menoscabados sus derechos e intereses de profesional o de colegiado o los de la Corporación.

  6. Poner en conocimiento de la Junta de Gobierno todos los hechos que puedan afectar a la profesión particular o colectivamente y que puedan determinar su intervención.

  7. Todos aquellos que se derivan de los presentes Estatutos Generales así como de los Estatutos del Colegio al que pertenece.

Si tienes dudas puedes pedir el Estatuto de tu Colegio profesional, donde vendrán tus derechos específicos. No tienes que montar una empresa, pero si los proyectos o informes que vas a realizar no son encargados por tu Colegio Profesional sino para empresas o particulares externos, quizá tendrías que hacerte autónomo.

En los últimos años se han tomado algunas medidas que favorecen a los autónomos. Así, existe lo que se conoce como 'tarifa plana' a la Seguridad Social, válida únicamente para los nuevos autónomos.

Esta medida consiste en la reducción de la cuota de la seguridad social. Para los mayores de 30 años, esta rebaja dura 18 meses, mientras que para los menores de 30 años se extiende hasta los 30 meses.

Desconozco si esta tarifa plana es compatible con ayudas por discapacidad, supongo que sí. Pincha este enlace:

https://www.google.es/amp/cincodias.elpais.com/cincodias/2015/06/03/autonomos/1433331265_135678.amp.html 

Si te decides, puedes recabar mas información en Hacienda y en la Seguridad Social, donde tendrás que darte de alta como autonomo

¡Gracias! O sea que si solo hago trabajos para el colegio, basta con colegiarse. ¿Si hago además trabajos para que yo me busco tengo que ser autónomo no?

En general, sí, ya que si solo haces trabajos para tu colegio profesional, no cotizas en el régimen de autónomos sino a través de la mutualidad del propio colegio.

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