Saber cuanto tengo que pagar en la renta por la venta de un piso heredado.

Me gustaría saber cuanto tendría que pagar en la renta de este año por la venta de un piso que nos dejo mi madre a mi hermano y a mi. El inmueble es en Barcelona, y fue comprado por mis padres en 1986, aunque residían en el desde 1963, pero fueron pagando mensualidades al Patronato Municipal de la Vivienda de Barcelona, por un valor de 148.000 de las antiguas pesetas, las cuales habían abonado antes de hacer la escritura en el año 86, en el año 2015 falleció mi madre, que era la única que quedaba ya que mi padre falleció hace más de 7 años, eramos 3 hermanos pero mi hermano mayor falleció antes de morir mi madre, ella nos dejo en herencia dicho inmueble a los 2 y nosotros a su vez pagamos la legitima al hijo menor de mi hermano fallecido ya que mi madre no quiso dejarles nada a su familia.

En Enero de este año, hemos vendido el piso por 100.000 euros(50.000 para cada hermano) cuando según notario este inmueble estaba valorado en 150.000 euros y su valor catastral en 41.926 euros, el pago de honorarios más la plusvalía obligatoria ascendió a unos 5.300 euros además del importe de la legitima pagado a mi sobrino de unos 4.000 euros.

Sabiendo todo esto, me gustaría si me pudiese hacer saber aproximadamente a cuanto ascendería lo que tengo que pagar en la renta de este año, siempre suponiendo que con estos datos, debo entender que he tenido una ganancia patrimonial y no una perdida, he pedido cita para ir a hacer la declaración el mes que viene en la Agencia Tributaria, pero me gustaría poder tener una idea de lo que me puedo esperar, ya que estoy un poco inquieta porque no tengo ni idea que va a pasar.

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No se tienen que fijar en el valor catastral. Cuando su madre murió, ustedes liquidaron el impuesto de sucesiones, asignando un valor concreto al piso. Esa cantidad no se declara en renta porque es una herencia. Supongamos que la cantidad que hicieron constar allí es 80.000 y ahora lo venden por 100.000. Entonces se considera que han ganado 20.000 porque los otros 80 ya los tenían y no los tenían que declarar en la renta porque ya los declararon en el impuesto de sucesiones.

Luego la parte que corresponda a usted de esa diferencia, la debe declarar como ganancia. Lo que tiene que pagar dependerá del resto de sus ingresos.

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