Instalación de elevador en comunidad

En una comunidad un vecino nuevo ha comprado el inmueble del primer piso, no se sabe la discapacidad que tiene, y el piso lo tiene puesto a nombre de una sociedad porque es constructor, quiere instalar un elevador y casi todos los vecinos están de acuerdo ya que llegaría hasta el último piso, pero no quiere que se pida subvención ni préstamo al banco para pagar las cuotas de cada propietario sino que el paga y los vecinos aumentan su cuota de comunidad en proporción a su porcentaje, ¿es legal lo que quiere hacer?, de momento sólo sabemos la cuota que nos toca pero si no podemos afrontar la subida de la comunidad de casi el doble (no conocemos presupuesto ni deja que se miren otras empresas para comparar los gastos), tengo derecho yo a solicitar una subvención.

2 Respuestas

Respuesta

"No quiere que se pida subvención ni préstamo al banco para pagar las cuotas de cada propietario sino que el paga y los vecinos aumentan su cuota de comunidad en proporción a su porcentaje"

Este vecino puede "querer" lo que sea, pero no lo puede imponer. Si la Comunidad prefiere pedir una subvención, un crédito, o lo que sea, basta con aprobarlo convenientemente en Junta de Propietarios.

Por otra parte, la Comunidad también es libre de elegir la empresa / el presupuesto que mejor le convenga. No está obligada a aceptar las imposiciones de ningún vecino.

¿Sabe usted qué opina el resto de los vecinos?

"No conocemos presupuesto ni deja que se miren otras empresas"

No acepten una obra sin conocer el presupuesto.

Y eso de que "no deja" que se miren otras empresas, de nuevo, es una ridiculez.

Muchas gracias por tu rapidez, una pregunta más, si la comunidad esta de acuerdo con pagar así.. ¿un vecino sólo puede pedir una subvención para su cuota?, gracias

Hasta donde sé, las ayudas para obras de accesibilidad únicamente se conceden a las Comunidades de Propietarios. Pero si quiere salir de dudas, podría usted consultar en la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía (http://www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda ). El teléfono es 955 926 800

Respuesta

Este señor puede pedir lo que quiera, pero la comunidad puede hacer lo que le de la gana.

1° Para la instalación necesita 1/3 de propietarios que apoye su deseo

Lea el art.17.1 de ley propiedad horizontal, ahí lo deja muy claro

¿Ustedes ya han aprobado su instalación?

No vale el decir que ese señor no deja hacer esto o lo otro, quien decide es la comunidad y no un individuo

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