Humedad bajante comunitaria y problema con vecinos

Llevo desde enero con un bonito agujero en el pasillo de mi casa debido a una humedad producida por el bajante comunitario.

El problema es el siguiente: Mi piso es un 2° de 5 plantas, el inmediatamente superior al mío está deshabitado, y el siguiente, el 4°, la dueña se niega a que abran en su casa para ver si la avería viene desde allí o del 3°.

Sobre el 3° el administrador me comenta que no pueden localizar las llaves ya que el banco que lo va a coger en propiedad aún no lo ha hecho para no pagar cuotas de comunidad y la señora del 4° no autoriza a que abran porque no le apetece.

¿Cuál sería lo que debería hacer yo ahora? Porque todos me dan largas y yo sigo con la avería igualmente.

Respuesta
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Según el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal, son obligaciones de los propietarios (entre otras):

"c) Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la realización de obras, actuaciones o la creación de servicios comunes llevadas a cabo o acordadas conforme a lo establecido en la presente Ley, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados.

d) Permitir la entrada en su piso o local a los efectos prevenidos en los tres apartados anteriores."

En consecuencia, si cabe la posibilidad de que la humedad provenga del tercero, la vecina, quiera o no, tiene la obligación legal de permitir el acceso para realizar la reparación necesaria. Solicite al Administrador que inste a la propietaria a permitir la intervención, informándola de que, en caso contrario, podrán iniciar acciones legales en su contra, reclamando en ese caso los correspondientes daños y perjuicios, además de las costas procesales.

Perdón... "del cuarto", en lugar de "del tercero"...

En cuanto al tercero, habría que hacer lo mismo, reclamándoselo al ACTUAL propietario. No hay que localizar las llaves, sino al propietario, sea quien sea (el banco o el anterior). Al piso hay que entrar con el consentimiento del propietario.

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