Tenga cuidado porque no es tan fácil arreglar los papeles. Si esta persona falleció, el vehículo debe ser incluido en la herencia igual que los demás bienes y declarar por el impuesto de sucesiones y donaciones. Si no consta que se haya incluido en los bienes del impuesto, no se puede cambiar el nombre. Asegúrese de eso porque la gente suele declarar los inmuebles y terrenos, pero con frecuencia se olvidan de los coches.
Luego el nuevo propietario se lo puede donar o vender a usted. Tenga en cuenta que si se lo regala lo correcto sería que usted tributara por la donación.
Si no se pudiera cambiar el nombre, a la larga podría haber problemas porque actualmente no se puede dar de baja ningún vehículo, ni en Tráfico ni en el Ayuntamiento sin que una empresa dedicada al desguace certifique la destrucción y esas empresas exigen el DNI y la firma del titular. Y no poderlo dar de baja implica seguir pagando el impuesto de circulación.