Duda con MicroCréditos Rápidos Usura

Antes que nada darte las gracias por su atención.

Verás, hace poco pedí un micropréstamo de 600€ a VIVUS, y 600€ a quebueno, en casi el mismo periodo de tiempo. No tengo bienes a mi nombre, nómina... Nada. Tengo 25 años.

Ha llegado la hora de pagar y no puedo hacer frente al pago, y no quieren un acuerdo de pagos a varios plazos (a priori) sin que suban las comisiones.

De un crédito debo 600+178€(honorarios) y otro 600+165€(honorarios) según ellos, los intereses de toda la vida, eso si lo pago en la fecha acordada. Pero no voy a poder, y me va a subir 1% de interés diario hasta un máximo de 200% según ellos.

Tengo entendido que debo esperar el juicio monitorio, y en los 20 días de plazo, oponerme solicitando justicia gratuita, en caso de que consiguiera trabajo y no me la concedieran, oponerme con abogado y procurador (si la deuda asciende de 2000€), si ellos me piden 600. Y sube el 200% máximo, Se quedará en 1.800e. Imagino, si no asciende de ese importe oponerme yo mismo.

Tengo entendido también que debería oponerme haciendo referencia a la Ley Azcarate (algo así) que hace mención a la Usura. Estos créditos rápidos a 1 mes con intereses elevadísimos y un interés por mora muchísimo más, quedan sujetos a esta Ley, por tanto podrían dárselo por nulo el contrato en un juicio y devolver solamente el dinero prestado. (Es lo que tengo entendido, quisiera saber si estoy o no en lo cierto, por lo menos en el método que estoy hipotéticamente oponiendome al monitorio, y si realmente tengo buenas opciones para que declaren nulo el contrato, o por lo menos no pagar 1.800€ por una deuda de 600€...)

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Aquí hay dos cosas, por un lado lo que dice la ley, y por otro lado un negocio, la ley te dice una cosa pero el negocio esta hecho para ganar y no te van a permitir que le pagues solo lo que te han prestado, hay reportajes muy buenos por ahí sobre comomfuncionan estas agencias de préstamo, que hasta se han quedado con pisos por "tres chicas"

Entiendo, lo que quería decir era solo una suposición, digamos que lo que me interesa es devolver el préstamos de 600€ + (los honorarios de estos 172€) pero, lo que no me gustaría es pagar 1.800€ en 3 meses porque estos intereses usureros suben a 1% diario. 

La pregunta es, si me demandaran, que posibilidad habria de que pagarles los 768€ aprox, que el juicio dictaminara que los 1.200€ de intereses usureros a razón de 1% diario no conlleva pagarlos. Creo que suben tantos los intereses para evitar impagos, en un juicio veo desorrbitado que en 4 meses pases a pagar 600 a 1800€. 

Vamos a ver, creo que he sido bastante claro, posibilidad de pagar 768 en lugar de 1800, si te pasas de días 0 aunque el juicio diga que solo pagues 768, te costara el total.

Has sido claro. Pero lo que no entiendo es, que la ley es una cosa y el negocio otra. 

Al fin y al cabo el negocio se basa en la Ley, y si en un juicio se declara que debo 768€, el "negocio" va a cobrar eso, y no 1.800€ o lo que pida... 

Solo quería saber si en caso de juicio monitorio, se podría declarar USURA el 1% diario de interés que sube por no pagar despues de 1 mes de pedir el microcrédito a estas empresas, y por lo tanto, nulo, solo pagar lo prestado+intereses iniciales.

Veo que no he sido suficiente claro, vamos a ver la ley también obliga a no sobrepasar unos limites de velocidad y se sobrepasan, ¿lo entiendes ahora? Como te dije busca mucha información que hay por internet de como trabajan estas empresas

Si la ley dice que tienes que ir a 120 y vas a 180 y no te pillan no pasa nada. 

Pero si te hacen la foto y vas a juicio, no hay manera de demostrar que no ibas a 180. 

Veo que en vez de ayudar de una manera simple y humana, te dedicas a dar respuestas de "listillo" intentando demostrarte algo a ti mismo. No me hacía falta decirme que busque información, pues lo llevo haciendo tiempo, solo quería si alguien con experiencia en estos temas pudiera ayudarme de manera desinteresada, estaría encantado de escucharle, no a gente como tú .

Tú me estas dando a entender que si una empresa me reclama 1.800€ y en un juicio el juez estipula que debo pagarle 760€, la empresa me va a cobrar lo restante de alguna otra manera. Cosa ilógica totalmente

Me fascina que des tantas respuestas y tan poca información. Si no te interesa directamente no contestes.

Lo primero que tienes que tener es menos chuleria y mas educacion, y no faltar el respeto a quien te esta ayudando, yo no tengo culpa que tu capacidad de discernir sea la de un mosquito, seguramente motivada por tu corta edad y por ello tienes algo de perdon, ya aprenderas en la vida que hay cosas que no se pueden decir aunque sea "voz populi" aunque veo que al final no eres tan tonto y pareces entender lo que te quiero decir, al menos habras oido hablar de las empresas de cobro de morosos, si en lugar de ver tele-basura vieras algun reportaje de investigacion sabrias perfectamente como trabajaneste tipo de empresas y no insultarias alegremente. Ojala no lo pagues y te enteres de lo que te he estado intentando decir CRETINO.

En efecto no faltaría el respeto a alguien que me está ayudando, pero no es tu caso.

Las empresas de cobro de morosos, harán lo que quieran, pues habrán casos que debido a circunstancias del deudor sea un infierno que otros se enteren, que le acosen al trabajo, a su casa, no se que más pueden hacer, pero en mi caso lo único que pueden hacer por una deuda de 600€ es llevarse una buena oleada de hostias si vulneran alguno de mis derechos o ponen en peligro alguna situación mía o de algún familiar, porque los tipos que trabajan ahí no son más que personas normales y corrientes que trabajan por un sueldo miserio persiguiendo a la gente.

Pero espera, que tu los quieres pintar como si fuera la MAFIA RUSA, señor experto.

Por cierto, veo que se te olvida algunos conocimientos de leyes, que por mi corta edad, deberías conocer tú más que yo, y es que cualquier tipo de acoso o revelación de secretos es un delito penado, créeme que no me costará mucho identificar al tipo en cuestión si alguna acción delictiva se le pasara por la cabeza.

Y lo de la oleada de hostias, era un decir, no soy un tipo agresivo, solo una persona que ha tenido un problema y quiere buscar una solución porque por su corta edad no ha tenido ninguna experiencia en los juzgados.

Querido amigo, cualquier empresa que subcontrate otra para la cobra de una deuda, si incurre en algún hecho delictivo, el prestamista principal que realizó el contrato es el que responderá por las consecuencias de la actividad de su contratación.

De nada

Para empezar no tienes vergüenza por escudarte en que si, según tu no te ayudan, es razón para faltar el respeto. Segundo, sigues sin tener vergüenza cuando a alguien que esta invirtiendo su tiempo en explicarte algo, que aunque no sea lo que quieres es lo que hay, le dices que no te ayuda. Tercero, continuas sin tener vergüenza, cuando atacas a alguien porque te dice algo que no es lo que quieres oír.

Aquí estamos para asesorar, explicar o aclarar algo, no para endulzar los oídos, si quieres que te digan (yo o el que sea) "Si denuncia amparado en la ley Azcarate" estas muy equivocado, primero porque la ley es condenatoria no disuasoria, es decir no puedes denunciar en "previsión de" sino, cuando ya te hallan comunicado el importe muy superior al TAE que se considera normal, para entonces ya estarás en las distintas listas de morosos como RAI, ASNEF, fichero Experian, y es totalmente legal, (y entre otras cosas puede suponer que algo tan simple como contratar una línea telefónica, un suministro eléctrico o una tarjeta de compras o de crédito se te convierta en una tarea casi imposible por ser un moroso) te habrán mandado grandes conatidade de correo, llamadas, y comunicaciones, y eso también es legal, (para que sea considerado acoso tendrías que demostrar que las emite la misma persona intencionadamente o mandada a hacerlo intencionadamente, fácil de demostrar que hay un fallo informático o algo similar ) posiblemente habrán vendido tu deuda a una empresa de cobro de morosos, normalmente extranjera, eso aunque no lo creas también es legal, y además esta empresa (un tercero) ha comprado algo con objeto de conseguir un beneficio, y que precisamente amparada en la LPD, deconoce el dinero que te prestaron solo conocen que debes 1800€ por lo que un juez no podría dictar que no pagues, ya que la ley impide perjudicar a un tercero (aunque a veces esta segunda empresa pertenezca al mismo grupo/dueño). Por si todo esto fuera poco ellos tienen en plantilla abogados, y créeme que son buenos, a los que tienen que pagar si o si, tengan o no tengan juicios, cosa que creo tu sí tendrás que pagar, y como sabes la ley Azcarate se fundamenta en tres posibles requisitos uno es flagrante necesidad, pero si te puedes permitir iniciar un juicio cualquier abogado podrá derribar la condición de flagrante necesidad, la segunda posible condición es que lo hagas por inexperiencia, con 25 años tampoco sera difícil demostrar que eata razón tampoco es validad, y la única que te queda (lo dice la ley no yo) que seas tonto, como veras creo que cualquier abogado mediocre te dejaría fuera de la ley Azcarate, y todo ello dentro de la legalidad.,¿Realmente crees que si fuera tan sencillo recurrir a la ley Azcarate, la gente, algunos de ellos entendidos en leyes, dejarían que por 2000 o 3000 euros estas agencias se quedaran con sus pisos, como ocurre muchas veces?

Ahora, sigue insultando y despreciando la labor que hacemos, y sigue esperando que te digan hazlo.

Gracias por tu respuesta, he tenido que sacarte tu lado "malo" para que expliques algo en condiciones.

Aun así, veo que tus fundamentos son muy de persona que no ha estudiado derecho, todo lo que dices no es cierto en la mayoría de fundamentos, pues para empezar aun que vendan tu deuda la empresa que te lleva a juicio debe demostrar el documento firmado donde expone que yo inicié un endeudamiento con "x" empresa, y por tanto tendrán que ver las cláusulas que expone la empresa principal con el contrato que firmamos, si no de donde sale la deuda?, y fuera de que los intereses iniciales sean abusivos o no, que puede que tengas razón y deba pagarlos, que un crédito aumente un 1% diario de interés por no pagar en el plazo estimado es totalmente abusivo.

Cláusulas sobre penalización por mora: Motivo de la abusividad: Todas ellas son abusivas porque vincula el contrato a la voluntad del empresario al fijar unos intereses moratorios desproporcionadamente altos, lo que vulnera el artículo 85.6 TR y limita los derechos de los consumidores. Si el interés legal del dinero está fijado actualmente en el 3,5% anual, los límites que establecen cada una de estas cláusulas como penalización por mora constituyen una indemnización desproporcionadamente alta respecto de los límites de 2,5 o 3 veces el interés legal del dinero. 

Por otra parte, tu dices que ellos pueden ficharme en una lista de morosos legalmente, te doy la razón, es legal, pero si yo me entero que me han fichado y denuncio, les cae una multa por vulnerar varias leyes que aqui te expongo, y no precisamente es pequeña la multa, suele rondar los 60.000€.

Cláusula de comunicación e inscripción en ficheros de insolvencia:  Limita los derechos del consumidor (artículo 86.7 TR) 

 En ninguno de los casos le da derecho a ésta a comunicar los datos de la deuda a dichos ficheros. En el caso de que se recoja una cesión de datos personales el prestamista debe cumplir con los requisitos de la LOPD.

Los consumidores deben tener claro que los Tribunales de Justicia, son los únicos órganos competentes para determinar la existencia de una deuda pecuniaria cierta e impagada y por tanto, líquida y exigible. Sólo será tras una resolución judicial, cuando se podrá determinar si un deudor es o no es moroso. Todo lo demás son meras presunciones pese a que existan documentos que prueben la preexistencia de una deuda.

Como veras, ahi esta bien explicado, la ley Azcarate es decisión del juez aplicarla o no, siendo así vigente el contrato igualmente como se firmó pero sin las cláusulas que este considere abusivas, fuera de las tres premisas que tu has expuesto, la clave principal no es la situación mental del deudor, si nó la cláusula sea abusiva o no, y en ningún momento yo  dije que porque me llamen todo los dias o me envien cartas a casa o emails voy a denunciar por acoso, eso no lo considero acoso, acoso es que alguna de estas empresas propase esos limites legales y vayan con mi familia, trabajo, o incluso notas amenazantes(vulneración de los datos privados).

Como verás , en ningún momento te he insultado, así que te digo, lo que yo puedo aprender de tí perfecto, lo que tu puedas aprender de mí perfecto, pero que en 5 respuestas me has hablado de todo menos de lo que pido? tambien es verdad, y déjame decirtelo de nuevo. 

Respecto a tu cuestión sobre los abogados, en juicios monitorios o verbales de menos de 2.000€ no es necesario abogado/procurador, y si hubieras escuchado mi situación en vez de deliberar sin sentido alguno hubieras visto que puedo solicitar asistencia jurídica gratuita, en caso de necesitarlo. Saludos

No has sacado mi lado malo.

Veo que entiende alfo de leyes, pero a nivel del aula, la realidad de los pasillos es otro, para que te hagas una idea, algunas sentencias tan raras que he visto como una que decía en referencia a un homicidio en grado de tentativa, que: "aunque queda probado que fueron los autores materiales, por fallo en el procedimiento policial me veo en la necesidad de absolverlos", que quiero decir con esto que aunque en algunas cosas tienes razón la realidad es otra, por ejemplo en la realidad solo basta con un recibo sin pagar y u a comunicación fehaciente r lamando el pago y un no pago por parte dle moroso para ser incluido en listas de morosos, lo malo es que aunque le ley dice que te deben comunicar que estas en tales listas, esto se suele "olvidar" y te enteras 5, 6 o 7 años después cuando vas a contratar teléfono o pedir un crédito o algo similar (precisamente esta mañana me he encontrado con un caso de estos de hace 6 años)'y muy posiblemente la empresa ha "desaparecido" cambiado de CIF, que para el caso es lo mismo, otro punto que se te escapa es que la LOP obliga en España, pero no en otros países, por eso, wntre otras razones, muchas empresas de este tipo, (cobro de morosos o prestamistas) tienen su sede en otros países, pero aunque la vulneren los pillen los condenen en el peor de los casos a ti no te tocara nada, y ellos tendrán que pagar como mucho 60.000€ cantidad de risa para el que maneja en torno a 2.000.000€ Al mes. No es que estas empresas operen ilegalmente, tranquilo que no te van a partir las piernas ni dar un paliza, pero tienen suficientes medios, para pasear por el dilo de la ley, marenado todo lo que puedan y más si que les pase nada ¿sabes cuántas denuncias tiene jazztel por acoso, por llamar varias veces al día, días seguidos, etc cuando la ley dive que en 3 meses no se puede rñetir la llamada? ¿Y sabes cuantos juicios de esos ha perdido?.

Como te dije en mi primera respuesta si piensas que si los llevas a juicio les vas a pagar solo los 690€ estas muy equivocado, hay muchas formas de pagar, sin llegar a lo delictivo, como que tu imagen se vea erosionada por que u tío vestido de verde o de frack o con chistera "pasee" por todos los sitios públicos, casualmente, a tu lado.

Por las malas, aunque dentro de la ley, tienes mucho más que perder tu que ellos, de todas formas ya sabes todo lo que tienes en contra, cuando tengas la comunicación de que tu deuda es de 1800€, los de denuncias por useros, mira el tema de las clausulas suelo surgió por alguien como tu, al final están teniendo que devolverlas, igual dentro de 4 o 5 años estas la ras de empresas ya no operan en España.

Ah otra cosa, estas empresas no son entidades financieras, por lo que no les aplica la legislación de estas, TAE, y demás para un banco prestar a euribor más 10% podría ser considerado hoy usura, para estas empresas no es así.

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