¿Con el cambio del código civil Caduca el ser moroso?

Con el nuevo cambio del c/c en 2015 a cerca de la prescripción de las deudas transcurridas cinco años, pasado ese tiempo, aparte de no poder reclamar la comunidad dicha deuda, ¿ese propietario deja de ser moroso y puede ya votar en las juntas?

1 respuesta

Respuesta

¿La Comunidad no ha reclamado nunca esa deuda, ni judicial, ni extrajudicialmente?

¿De cuándo es la deuda? (Si es anterior a la reforma, el plazo aplicable sigue siendo el de 15 años)

Con la salvedad de que cualquier deuda anterior a octubre del 2015, prescribirá en octubre de 2020

Correcto. El plazo para una deuda anterior a la reforma se mantiene en 15 años, finalizando en cualquier caso al transcurrir 5 años de la reforma (es decir, 8 de Octubre de 2020).

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