Pueden citarme para revisión de mi grado de discapacidad?

Hace unos días me han concedido un grado de discapacidad del 39%. Lo solicite acudiendo al correspondiente Centro Base de la Comunidad de Madrid. De momento he quedado satisfecho y no voy a solicitar reclamaciones ni revisiones.

No obstante tengo una duda. En la tarjeta que me han dado, además de mis datos personales y el grado de discapacidad figura REVISIONES: PERMANENTE. ¿Qué es esto?.

Además en la notificación de la resolución del grado de discapacidad a continuación de reconocerme un grado de discapacidad del 39% figura el siguiente texto: "Desde el 08/febrero/2016/. Se podrá instar revisión del grado por agravamiento o mejoría transcurrido un plazo mínimo de 2 años, desde la fecha de esta resolución, salvo circunstancias contempladas en Art. 11.2 del R.D. 1971/1999 y el Art. 8 de la orden 710/200".

Me queda claro que yo puedo solicitar una revisión... Pero mi pregunta es: ¿Ellos pueden citarte para una revisión del grado de discapacidad o este grado ya es definitivo para toda la vida?

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Respuesta

I. Hola Carlos. También tengo esta tarjeta. Hace años me concedieron una minusvalía del 40%.

Según sé, el grado tiene carácter definitivo, es para siempre, a menos que la persona desee solicitar una nueva revisión, tras la cual podría modificarse (al alza o a la baja), el porcentaje actual.

Ellos (el tribunal/centro base), no pueden citarnos para una revisión a menos que la solicitemos nosotros, la minusvalía es fija. "Revisiones permanente" serefiere a que podemos solicitar una revisión voluntaria en cualquier momento, y esta posibilidad es de por vida.

Creo que por ejemplo en esta otra consulta nos lo confirma el compañero Josbian, aunque se trate de otro tipo de discapacidad.

¿Qué significa la revisión de la Incapacidad Permanente Absoluta?

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