Mi pareja de hecho trae a sus hijos hacemos la reagrupación familiar, rompemos la pareja de hecho que responsabilidad tengo

Estoy con mi mujer en régimen de pareja de hecho. Supuesto: hacemos la reagrupación familiar de sus dos hijos, siguiente supuesto rompemos la pareja de hecho. Que responsabilidad tengo yo con respecto a ella y sus hijos ( pensión alimenticia para los hijos, se quedaran en la casa ...)

Ella es venezolana yo soy español, vivimos en mi casa propia

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La inscripción de pareja de hecho no genera derechos ni obligaciones en relación a los hijos.

En caso de cancelación de pareja de hecho, se extinguirá el permiso de residencia por reagrupación familiar de su pareja e hijos, salvo que se encuentren en condiciones de modificar el régimen de residencia o mantener el régimen de residencia comunitaria.

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Si esos hijos fueron reconocidos por su padre biológico, o por su madre si el padre no estuvo, etc. vos en principio, no tienes o no tendrías tanta responsabilidad, diferente es si se hubieran casado, de todos modos, si rompieron la pareja, se supone que ella se ira a vivir a otra parte, por que no podes seguir con ella, y así poder reorganizar tu vida. Sin embargo, como pasa en todos lados, los abogados le pueden "!buscar la vuelta" como decimos aquí, y como dice un comentarista de policiales "pueden hacer creer, que la lluvia no moja". De modo que te sugiero, que sin comentar nada, visites a algún abogado, aunque sea solo una consulta, para que te explique la legislación de tu país, que es lo mejor que puedes hacer, para no quedar "pegado", en términos comunes. Te deseo suerte, espero que resuelvas todo. Sds.

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