Me pueden quitar el vehículo?

Estoy asustada con lo siguente, tengo la financiación de mi vehículo con BBVA. Me he demorado en el pago de unas letras, en concreto la de julio, septiembre y octubre. Mañana martes abono Julio. Sin embargo me dicen que mi expediente está en contencioso que si no pago todo el miércoles voy por judicial ya. Yo les comenté que lo pagaría el día 24 que cobro, pero se niegan. No comprendo por qué se niegan, ya que me informaron que podía pagar las letras demorada dentro de los 3 meses siguientes y realmente la que urge es la de Julio. Si yo no me niego, pero simplemente les he pedido que me dejen abonarlo el 24. ¿Qué me puede suceder? ¿Me van a quitar el coche? No me dan ninguna opción.

2 Respuestas

Respuesta
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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto y le ayude a negociar con el BBVA.

Hay que ver el contrato de financiación y si hay reserva de dominio (que es lo habitual), pero si usted se pone al día, normalmente no llegara a ejecutiva la deuda... En cualquier caso, el banco si podría iniciar procedimiento judicial por impago.

¡Gracias! La cosa es que el día 24 lo pagaría mediante abono en cuenta, el total, ¿pero me dicen que no. Qué me pasaría si no les hago caso y el 24 le hago el pago total?

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Vamos a ver

La ley estipula que usted tiene derecho a un plazo para el pago " pacífico " de una deuda de 90 días.

Tenga presente que cada recibo impagado, es una deuda.

Por lo que la entiendo, usted debe a día de hoy, 20 noviembre 2016, julio 2016.

Es decir, ha pasado claramente dicho plazo.

Por poder, efectivamente bbva puede instar al juzgado a resolver el contrato por impago, iniciando con ello la correspondiente reclamación de cantidad, cantidad que por cierto, en nada se va a parecer a la suma de las cuotas que usted lleva de retraso, básicamente porque hay que sumar no sólo el total del principal pendiente sino el lote de comisiones, intereses, costas, etc... vamos .. un dineral.

Si perdiera el monitorio, lógicamente bbva solicitaría ejecución de sentencia y empezaría la gestión de cobro via juzgado.

Si no paga por las buenas, ojo nó la deuda principal que usted recuerda sino el importe que dicte el juzgado, se iniciarán los embargos.

En cuanto al vehículo que comenta, habría que ver si tiene reserva de dominio.

Si la tiene y es a favor de bbva, lo lógico es que tiren de ello lo primero.

Todo ésto partiendo de la base de que van a hacer lo que le han dicho que van a hacer, claro.

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