Obligación de sufragar cambio de montantes ?

En una Comunidad de propietarios, uno de ellos planteó en ruegos y preguntas la posibilidad de cambiar las montantes. Sin someterlo a debate ni recabar la opinión de los demás, el Administrador pidió presupuestos que quiere llevar a la próxima reunión, en contra de la opinión del Presidente. Actualmente hay una derrama fuerte para ITC con el 50% de morosidad

¿Es una mejora?

¿Debemos oponernos?

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Que el Administrador haya pedido presupuestos no les obliga a nada. Para que el asunto se trate en Junta deberá ser incluido en el orden del día de la reunión. Quien decide el orden del día es el Presidente, no el Administrador. Cualquier propietario puede solicitar al Presidente, por escrito, que se incluya en el orden del día un asunto de interés para la Comunidad.

En cuanto a los montantes, ¿qué son? ¿Por qué se plantea cambiarlos? ¿En qué situación se encuentran?

Habría que ver en qué estado están y cuál es la necesidad real de sustituirlos, para saber cómo actuar en caso de que el asunto llegue a Junta.

Se trata de una casa antigua, y un propietario quiere mejorar todo. Las montantes nunca han dado problema. Pero nadie se atreve a llevar la contraria

De ahí mi pregunta de si estamos obligados a hacerlo, o más bien seria una mejora

Muchas gracias

Si no existe una razón justificada para sustituirlos (es decir, si no es necesidad), sería una mejora y los propietarios que estén en contra no estarían obligados a pagar, si el coste que supone supera la cantidad equivalente a tres mensualidades de cuotas ordinarias. Si el coste es inferior, todos estarían obligados a pagar, aunque fuese una mejora.

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