Reclamar herencia de abuela, tenemos que aceptarla todos los herederos?

Mi abuela falleció hace más de 30 años y mi abuelo unos años después, tenían una casa de propiedad y aún está a nombre de mi abuela, en esa casa vivió una tía mía y ahora solo la usan como veraneo, no nos dan llave para poder ir la casa, si aceptamos herencia mis hermanos y yo, ¿están ellos obligados a aceptar herencia? ¿O con eso ya podemos reclamar llave de la casa de mi abuela?

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¿Quiénes son ellos?

Buenos días, ellos son los hijos que aún viven y nietos, no especifique, disculpen 

Aunque no suelo entrar en interlocución con consultantes que no me califican de "excelente", en este caso haré una excepción. La ley señala que pueden ustedes notificar mediante notario que van a aceptar la herencia (suponemos que son ustedes hijos de un heredero muerto, aunque no aclara este punto) y al cabo de un mes de dará por aceptada, en el caso de no contestar. Eso significa que con el requerimiento incontestado pueden ustedes hacer unas escrituras de aceptación y adjudicación de herencia, en que la parte de su padre, caso de ser el heredero al que usted se refiere, se dividirá entre usted y sus hermanos. No ha prescrito el plazo porque la prescripción presupone un conflicto, que en este caso no ha habido.

Muchas gracias por atender mi pregunta y responderme, hace mucho tiempo que miro esta página y me sirve de mucha ayuda,hacéis una labor estupenda, saludos

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