Duda sobre la desgravación del alquiler de la vivienda habitual

Mi pareja es arrendatario de un piso desde 2012, ahora firmaremos un nuevo contrato del mismo piso a nombre de los dos. No cambia ninguna condición, sólo que se me añade a mi como arrendataria y cambiamos el número de cuenta por dónde nos cobrarán el alquiler. La fianza ya se depositó en 2012. La referencia catastral será la misma.

Yo no me puedo deducir el alquiler por sobrepasar el límite de renta, pero el sí. ¿Perderá esta deducción con el nuevo contrato? ¿Cómo podemos hacer para no perder la deducción?

Esperamos respuesta.

1 Respuesta

Respuesta

La ley permite que un inquilino pueda llevar a su pareja a vivir con él/ella al piso arrendado sin tener que firmar nada. Simplemente tiene derecho a hacerlo.

Gracias. A mi me interesa constar en el contrato para poder darme de alta en el padrón de habitantes y poder pedir un permiso en el trabajo para el traslado. Qué opción tenemos?

Pueden redactar un anexo en el que usted se subrogue al contrato de arrendamiento existente.

Pero desde ese momento su pareja solo podrá deducirse por la mitad de la renta.

Asegúrese de que necesita estar en el contrato para empadronarse (a veces sirve con otra documentación) y en tal caso puede valer la pena no tener 2 días por mudanza a cambio de que su pareja pueda seguir desgravando por la totalidad.

Muchas gracias

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