Perjuicios para el comprador de un inmueble heredado y aceptado

El inmueble está aceptado desde febrero de 2014 y pagado los impuestos por autoliquidación. En la nota simple aparece una carga en la finca que dice así :"Afecta durante el plazo de CINCO AÑOS al pago de las liquidaciones complementarias que puedan girarse por el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, habiendo sido ingresada la cantidad de ... Euros por autoliquidación. "

¿Qué medidas debo tomar como comprador? Mi preocupación es la Agencia Tributaria que gire una complementaria al vendedor dentro de dos años, por ejemplo, año 2018 y no quiera hacer frente a ese cargo por las razonas que fuere. Yo, como comprador qué debería de hacer, ya que entiendo que irían a por la propiedad.

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En qué comunidad autónoma está el inmueble

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