Constituir una SL cuando uno de los socios mantiene deudas de otra sociedad.

Se va a constituir una SL formada por 3 administradores solidarios y uno de ellos tiene deudas personales con una empresa de las que compra deuda a entidades financieras, además de deudas con Seguridad Social y Hacienda a nombre de una sociedad de la cual era administrador único. ¿De qué manera puede afectar a la nueva sociedad y al resto de socios?

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Por las deudas de la anterior empresa no responderá personalmente, salvo que se decrete responsabilidad por actuación negligente o fraudulenta como administrador.

Por las deudas personales, obviamente, sí responderá con todos sus bienes y derechos, tanto presentes como futuros (hasta la prescripción o extinción de las deudas).

Es posible el embargo de las participaciones sociales por parte de sus acreedores. Ello, obviamente afectará tanto al socio que mantiene la deuda como al funcionamiento de la sociedad.

En cualquier caso, le recomendamos se ponga en manos de un experto que estudie su caso concreto y le ofrezca la mejor de las opciones. Si lo desea, puede obtener información de nuestro despacho en www.asesoriamontserrat.es

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