Derecho a descanso en tiempo parcial

Trabajo en hostelería de ayudante de cocina, los jueves 4 horas, viernes 9 horas, sábado 8 horas y domingo3 horas...

Mi pregunta es si tengo derecho a descanso y en que tiempo, también cuantas vacaciones me corresponden..

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Respuesta

Lo primero es que el periodo de vacaciones que te pertenece es el mismo que a cualquier trabajador a jornada completa, parcial, nocturna, en prácticas... 30 días por año trabajado. Está prohibido compensarlas con dinero.

En cuanto a descansos, te pertenecen: entre jornada y jornada 12 horas, entre semanas 1 día y medio ininterrumpido, y por último, que es lo que supongo que más te inquieta, es el descanso durante la jornada, que es de 15 minutos cada 6 h. trabajadas (30 min. cada 4 h, para los menores de 18) pero con una condición, el descanso durante la jornada no es retribuido a no ser que lo marque el convenio, es decir, esos 15 minutos, si decides disfrutarlos tendrás que recuperarlos al final de la jornada o descontarlos de tu sueldo.

Por último tienes derecho a disfrutar de los días festivos, y en caso de no hacerlo, según tu convenio tienes derecho a:

-Cobrarlos al 150% de tu salario

-Agregarlos a los días de vacaciones, cobrando también el plus de transporte.

-Disfrutarlos en bloque en periodo distinto del periodo de vacaciones, también tienes derecho a cobrar el plus de transporte.

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