¿Considerar bien privativo en gananciales? Por consejo del notario para una herencia?
Mi padre heredo un piso que se vendio y se puso el dinero en una cuenta unicamente a su nombre como bien privativo. Ahora fallecido mi padre y el notario nos ha aconsejado considerar el dinero privativo de mi padre como ganancial para que también se beneficie mi madre.
Del 50% de ganancial y el 14% del usufructo (en el testamento no se especifica nada de los bienes privativos, solo que sus bienes son para sus hijos y un 14% que corresponde a mi madre en usufructo).
El notario advierte que podría haber una multa. ¿Qué consecuencias tendría considerar el bien privativo como ganancial?
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Respuesta de Juan Carlos Grisolía
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