Accidente de coche no cubierto por el seguro

El día 28 de diciembre tuve un accidente de tráfico. Al frenar en el ceda el paso de una incorporación a la autovía tuve que frenar porque estaba el carril ocupado y el vehículo que circulaba por detrás me dio un golpe, provocando daños graves en mi vehículo y daños físicos a mí, que era el único que ocupaba mi vehículo. Llamé a atestados para el informe y lógicamente la Guardia Civil declaró culpable al otro vehículo. El problema viene de que mi vehículo no tenía seguro por un error bancario ajeno a mí, ya que por razones desconocidas, el banco donde tenía domiciliado el seguro desde hace 14 años y con el que nunca había habido problemas dejó de pasar el seguro de coche y hogar que tenía contratado en una misma compañía y el seguro contrario dice que no cubre mis daños físicos tanto personales como materiales porque dice que la responsabilidad es mía por no tener seguro a pesar de que el accidente no fue culpa mía y ahí van mis preguntas.

¿Tengo derecho por ley a que me indemnicen mis daños, tanto materiales como físicos, a pesar de no tener yo seguro y merecería la pena demandarles con un abogado? ¿Puedo reclamar al banco por no pasarme el seguro esta circunstancia y la multa de 1.500 € por no llevar seguro? Lo del banco difícilmente pueda demostrar que son culpables y lo que me interesa principalmente es sobre demandar al otro seguro y reclamar los daños.

2 respuestas

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Lo que debes hacer es si tu banco no pago ese seguro es ir y preguntar, en caso de que si lo hubieses pagado dirigite al consorcio de seguros, y allí te ayudaran, y en cuanto al accidente s. No consigues tener el seguro dalo por perdido y reza que no te toque pagar ...

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En su caso al no tener el seguro la cosa se invierte y el otro no se hace responsable de los daños ocasionados por mucha culpa que tenga ya que es obligatorio circular con seguro, por lo que dadas las circunstancias es como si usted fuera el culpable y por tanto tendrá que pagar los daños que el otro haya ocasionado.

En caso de demandar a alguien tendría que hacerlo a su aseguradora por no haberle notificado la rescisión de su contrato de seguro. Pero si se lo ha notificado de alguna manera y usted por lo que sea no se ha dado cuenta, no hay nada que hacer.

No me notificaron nada en agosto cuando caducó, ni una llamada ni una carta ni nada, pero ¿cómo demuestro yo que no he recibido ninguna notificación? Ellos pueden decir que si me la enviaron y que fui yo quien no la recibí, de echo nunca recibía las cartas del seguro, una vez fui a la oficina a ver si había algún error con la dirección y estaba todo correcta, aún así nunca recibí carta alguna nunca, de la poliza ni de nada, daba por echo que ya lo tenía porque me dijeron que ya no es necesario llevarla en el coche y no vi problema en no recibirla en casa. Pues resulta que llevaba sin pagar el seguro desde agosto y nunca me llamaron por teléfono ni me notificaron nada.

Y por cierto, una abogada me ha dicho que tengo las de ganar y que mi única responsabilidad es la multa por no llevar seguro, de los daños se tiene que ocupar la otra compañía y que este tipo de casos siempre los ha ganado llegando a un acuerdo sin tener que llegar a juicio una vez que son denunciados, pero mi duda está en que si la abogada me dice la verdad y que si el historial de casos similares al mío es cierto o ella solo quiere que ponga la denuncia para asegurarme sus honorarios (en ningún caso pongo en duda la honestidad de quien se dedica a la abogacía). Un familiar me ha asegurado que es de total confianza pero yo no tengo experiencia en estas cosas al no haber necesitado nunca antes un abogado ni demandar a nadie.

En caso de demandar a su aseguradora, serán ellos los que tengan que demostrar que le notificaron la rescisión de su contrato NO EL NUEVO RECIBO DE LA POLIZA, ( que tambien seria importante pero no tan decisivo como la notificación de la finalización de su contrato de seguro ) sino una carta conforme le notifican que su coche a partir de tal fecha queda sin seguro por falta de pago y por tanto le rescienden el contrato. Le aseguro que si se lo notificaron deben tener pruebas de que así fue y no por la simple palabra que pueda dar su aseguradora.

Yo no lo veo tan claro, pero si la compañera le ha dicho que si puede que ella tenga más información que yo. Debe tener en cuenta que la obligación de usted es llevar el seguro por lo que la otra aseguradora se puede negar a cubrir los daños ocasionados. El que esto llegue a juicio y se gane, en mi opinión, dependerá de lo ya comentado anteriormente.

Gracias por la información. Casualmente la aseguradora de quien me dio el golpe es Allianz que es la misma que tenía yo contratada y no me notificó esa baja por lo tanto mi abogada podría adjuntar ambas causas en una misma denuncia ya que la parte demandada en ambas circunstancias es la misma. Voy a confiar en la palabra de mi abogada aunque no daré nada por hecho hasta que esto acabe porque con la segunda opinión que usted me ha dado parece que no ve el caso tan optimista y fiable como parece. Un saludo.

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