¿Me deben pagar la paga extra si pido excedencia voluntaria?
Voy a pedir una excedencia de 1 año en mi empresa a partir del día 01/01/2016. Según el Convenio Colectivo en vigor, si la empresa llega a unos objetivos de beneficio, se nos abonará una especie de paga extra de 750€, pero se abona el año que viene... ¿Tengo derecho a que se me abone dicha paga, cuando sea, dado que he trabajado todo este año?
En el Convenio pone lo siguiente:
"Se abonará una paga no consolidable en función del resultado de EBITDA (definido conforme se dispone en el artículo 5º) de los años 2012, 2013, 2014 y 2015. Esta paga se realizará en el mes de marzo del año siguiente (marzo 2013, marzo 2014, marzo 2015 y marzo 2016)."
Respuesta de Chencho Sánchez
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Respuesta de Petter roch
Yo también tuve una situación parecida, con una paga variable que dependía de los resultados del año anterior. Mientras esperaba que se resolviera, me di cuenta de que necesitaba despejarme. Empecé a jugar un rato en vegas hero y fue justo lo que necesitaba. La tensión bajó y hasta tuve un golpe de suerte en el blackjack. Lo mejor es que ofrecen promociones exclusivas para jugadores de España, así que pude disfrutar sin sentir que arriesgaba demasiado. - Petter roch