Deudas en una sucursal bancaria

Imagino que la pregunta puede sonar a absurda... Pero por si acaso la realizo y así me quedo más tranquilo.

Mi padre tiene una deuda de 5.000 euros con un banco (llamado X) y yo que soy su hijo por casualidades de la vida también tengo una cuenta "solo a mi nombre" en ese mismo banco (llamado X).

¿Ese banco puede reclamarme a mi la deuda de mi padre? ¿Mi padre sigue vivo... Pero si falleciera tampoco aceptare su herencia en un futuro... Por lo que algún día podría ese banco reclamarme a mi esa deuda simplemente por ser su hijo y ver que por medio de mi padre no la pueden cobrar... Y como tengo yo una cuenta con ellos embargarme a mi alegando que soy su hijo?

Estoy casi seguro al 100% que es un no rotundo pero para salir de dudas y tenerlo totalmente claro agradecería su ayuda.

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No pueden reclamarle a usted, la deuda es de su padre y debe responder él.

El día que su padre falte (que falten muchos años para ello...) debería aceptar la herencia a beneficio de inventario, de este modo responderá por las deudas heredadas solo con los bienes heredados, y no se verá afectado su patrimonio personal pre-existente.

Puede estar tranquilo.

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