¿Es legal un contrato de alquiler si la propietaria ha firmado el contrato desde su casa y no la he visto nunca?

Vi un local y los tramites del contrato los hice con el hijo de la propietaria y su asesoría. Nunca he visto ni hablado con la arrendadora. Yo firme el contrato en la asesoría, luego le llevaron el documento a su casa, y me lo devolvieron firmado. He rescindido el contrato y le he dado la fianza.

Ahora el hijo me reclama unos focos que yo puse en la reforma ( paredes de pladur, sistema eléctrico nuevo, suelo nuevo...)

¿Es legal un contrato sin conocer a la parte arrendadora?

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El contrato es válido salvo que un juez lo declare NULO...

Y salvo que tengas pruebas de que la firma no es de ella... no veo por qué iba a invalidarlo.

Además en tal caso la única que podría "demandar" la nulidad (si no fuera su firma) es ella, y al no hacerlo legitima el contrato.

Art. 1258

Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley.

Dice usted "He rescindido el contrato"

Sepa que una de las partes NO PUEDE rescindir el contrato sin el acuerdo de la otra parte. No sé cuánto falta para cumplir el plazo, pero calcule si lo que le exigen para aceptar la terminación es más o menos que lo que le costaría cumplir el plazo. Si no hace las cosas con mucha mano izquierda puede recibir una demanda por esa "rescisión" suya...

Sin más detalles no puedo añadir más.

Espero haberle orientado.

Le Redacté un documento donde le explicaba que ledejaba libre el local y que era consciente de que perdía ka fianza por irme antes de tiempo... Ese documento firmado por mi y en teoria por la propietaria, no lo firmó ella, Sino su hijo con su firma... Por mi buena fe no comparÉ la firma... Y ahora me dice que ese documento no sirve porque me reconoce que lofirmó elcon su firma

Seguramente es porque se ha asesorado y ha averiguado que desistir anticipadamente - y sobre todo de un local - es algo que no se zanja con la fianza.

Hay sentencias en las que el juez ha condenado al arrendatario a pagar todas las mensualidades a las que se comprometió por contrato.

Si la otra parte ha puesto el asunto en manos de su abogado, yo te recomendaría ponerte en manos de uno.

Un contrato, Mónica, es algo muy serio... y se firma precisamente para asegurarse de que "la otra parte" cumple lo que se pacta... Si le quedaban muchos meses por cumplir, es fácil que demande una indemnización mucho mayor que la fianza.

Si estás en Madrid, te puedo pasar el contacto de mi abogado.

Estoy en Cantabria y mañana mismo lo hablo con un abogado. ¿Me recomiendas que le Reponga los fOcos? ¿Necesitaré qué me redacte un documunto en el que ponga que no me reclama nada más?

Eso lo primero...

Un documento en el que conste que el contrato se finaliza anticipadamente POR ACUERDO ENTRE LAS PARTES, y que la parte arrendadora acepta el importe de la fianza a modo de indemnización por el desistimiento anticipado y afirma y no tener que formular reclamación de indemnización por daños o perjuicios.

Pero si vas a ver a un abogado... elige uno bueno, uno que sepa de arrendamientos (un especialista no un médico de familia) y déjate asesorar.

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