Puede resultar efectivo demandar a un banco por demorar el procedimiento judicial de ejecución hipotecaria?

Ha pasado más de 1 año desde que me llegara el requerimiento de pago de un préstamo hipotecario, firmado junto a otro deudor. La garantía principal de dicho préstamo, una vivienda, es propiedad de ese deudor, el único que se benefició del mismo, y que tras dejar de pagar las cuotas, voluntariamente se ha esfumado. El banco conoce estos hechos, y aún existiendo un comprador para la vivienda, ha pasado la deuda a una empresa de recobros, que sabe que no cobrará si no es a través de la subasta o venta del bien, pero entretanto continúan aumentando los intereses de demora que incrementan "mi" deuda.

2 Respuestas

Respuesta

No puede obligarse a un acreedor a realizar su crédito de una u otra forma, sino que es facultad del propio acreedor determinar qué sistema de cobro prefiere, entre la panoplia de instrumentos legales, o bien si realmente quiere perdonar la deuda o sencillamente no cobrarla. Si el deudor quiere evitar las consecuencias perniciosas del impago, debe pagar la deuda, o al menos parte de ella, para que no corran los intereses. En otro caso, ha de aceptar las consecuencias de ese impago. La ley castiga la inactividad pertinaz del acreedor mediante el instituto de la prescripción; pero en el caso de una deuda hipotecaria, tiene 20 años para reclamarla. Al parecer, usted prestó un aval sobre esa hipoteca. Puede comprar el crédito y subastar la vivienda, puede pagar y reclamárselo después al deudor principal o, en fin, puede dejar de pagar y arrostrar con todos los inconvenientes legales que, además de figurar en las escrituras que usted firmó, aparecen en la ley.

Respuesta

Yo creo que aquí hay un error de base.

El banco no tiene obligación de " nada ".

Se les ha prestado un dinero y ante el impago de ustedes dos si no lo quiere recuperar judicialmente es su problema, nó el de usted.

De hecho ahora mismo no veo el posible daño que se la está haciendo, porque entiendo que cualquier juez que quiera estudiar el caso la va a decir que o bien, no haber firmado ( si no era para usted la vivienda ), o bien haber pagado su cuota mensual ( para evitar este problema ) o haber encontrado un comprador que quiera comprar la casa levantando la hipoteca.

Y para más inri justamente está denunciando algo que la opinión pública pelea para conseguir, es decir, que los bancos no quiten las casas a sus dueños.

Por lo que el juez, posiblemente con cierta sorna, le podrá decir que el banco lejos de hacerle ningún daño, encima le está haciendo un favor.

Por otro lado entiendo perfectamente su situación aunque tampoco la comparto habida cuenta de que me temo que cuando se ejecute la sentencia y por lo tanto la garantía hipotecaria, dudo mucho que el importe de la subasta vaya a pagar el total de la deuda ( principal, intereses, mora, costas ... el lote completo ) por lo que lo fácil es que se queden sin vivienda ( en este caso el otro titular del préstamo ) y sigan liados con la historia.

Lo único que veo es que si usted tiene claro que el otro titular del préstamo con su actitud le está lesionando sus derechos económicos voluntariamente y con ganas de hacerle daño, puestos a demandar le demandaría a él.

Ahora bien, tenga presente que cuando se firma un préstamo con otro titular, ambos dos están obligados individualmente a pagar el 100 % de la cuota mensual, por lo que igual, le dicen que éste riesgo usted yá lo sabía y que igualmente no haber firmado.

Lamento no ser más optimista

¡Gracias! ¡Gracias! 

Agradezco su opinión, y sé que el banco aunque tiene todos los derechos, los mismos que le obligan a ejercitar las claúsulas y mecanismos que firmamos conjuntamente, prestatario y deudor hace 11 años, "yo" no he cumplido y ellos deben ceñirse a lo que está firmado. Vemos todos los días como tienen el valor de echar famílias a la calle y adjudicarse sus viviendas, y en este caso, una segunda vivienda, vacía y abandonada por su dueño, y conociendo de antemano que no van a recuperar ni un euro, ahora ni nunca, no se la adjudican sino que la pasan a una empresa de recobros, porque como usted bien dice yo le debo un principal, unos intereses y unas costas, pero nada les da derecho a dilatar en el tiempo y aumentar los intereses de demora.

Comprendo señora su enfado pero no lo comparto.

La ley es la ley, nos guste o nó.

Y por lo que sea ellos prefieren darles el coñazo con perros de presa que mediante el juzgado

Por lo tiempos que corren posiblemente porque les de mejor resultado.

En cualquier caso lamento su situación.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas