Modelo 037 - Otras actividades económicas baja

En noviembre de 2013 me di de alta en el censo de empresarios (modelo 037) y emití algunas facturas con retención del 9% (eran clases de idiomas, no llevaban IVA). No era mi medio de vida principal (tenía otros contratos con academias).

Ahora la relación con la academia que necesitaba factura se ha acabado, y me di de baja con fecha 30/06/2015. En la delegación de Hacienda de Madrid me dijeron que tenía que entregar la baja del modelo 037 a Seguridad Social, así ya no pagaría la cuota de autónomo. Cuando les dije que no estaba pagando ninguna cuota y que solo había emitido factura con IRPF, la empleada me dijo que podía ser sancionada por la Seguridad Social.

¿Es esto verdad? ¿Tengo qué entregar la baja a la Seguridad Social?

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Respuesta
1

Si usted realiza una actividad económica de forma habitual, ha de darse de alta en la Seguridad Social, régimen de Autónomos. En muchos casos, se interpreta que si no ingresa el salario mínimo, no esta obligado, pero la ley habla de actividad habitual.

Como no se dio de alta, ahora no tiene que darse de baja.

Hola

No es una actividad habitual,emití pocas facturas en todo este tiempo.y todas por importes muy pequeños.

Seguridad Social me puede sancionar?

Es complejo que le puedan sancionar, pero en determinados casos si seria posible.

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